Andina

Comisión de Presupuesto del Congreso aprobó crédito suplementario

Para la reactivación económica y acciones frente a Fenómeno El Niño

Congreso de la República. ANDINA/Difusión

Congreso de la República. ANDINA/Difusión

22:51 | Lima, oct. 19.

La Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República aprobó el dictamen del proyecto de Ley 5997 del Poder Ejecutivo, que autoriza el crédito suplementario por más de 1,581 millones de soles para financiar, excepcionalmente, la reactivación económica y acciones frente al Fenómeno El Niño, entre otras medidas.

El dictamen fue aprobado por unanimidad (25 votos) y será debatido en el Pleno convocado para mañana viernes desde las 09:00 horas.

El presidente de la Comisión, José Jerí Oré (SP), precisó que se ha modificado el artículo 8 referido al financiamiento del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado y el fortalecimiento del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, por el monto de 3 millones de soles.

Asimismo, se modificó el artículo 35, transferencia de Partidas a favor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) por el monto de 60.4 millones de soles para financiar los gastos en materia de personal, en servicios de desarrollo informático y mantenimiento de infraestructura, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y mejora de los niveles de recaudación del país.

Previamente, el ministro de Economía, Álex Contreras, indicó que lo que busca este crédito suplementario es una intervención fiscal robusta, de corto plazo, meticulosamente calibrada, con el objetivo de sacar adelante la economía de este bache.

Durante el debate, el titular del MEF y el congresista Jerí Oré invocaron a los gremios de docentes universitarios a suspender la huelga que mantienen desde hace casi un mes, y se comprometieron a solucionar sus demandas cuando se debata la Ley de Presupuesto del Sector Pública para el Año Fiscal 2024.

Más en Andina:


(FIN) NDP / MDV 


Publicado: 19/10/2023