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Fiscal Marita Barreto considera desproporcionada suspensión en su contra

ANDINA/Difusión

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15:55 | Lima, oct. 10.

La fiscal Marita Barreto consideró como desproporcionada la sanción de suspensión por seis meses impuesta en su contra por la Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Público, en el marco de una investigación por supuestamente haber revelado la identidad de un investigado.

Dijo que para imponer una medida gravosa en un proceso administrativo, como la impuesta en su contra, se debe establecer la razonabilidad, la necesidad y la proporcionalidad de la medida.


“En cuanto a la necesidad, no hay fundamento racional de por qué se debe suspender en tanto duren las investigaciones administrativas, no hay ninguna intención de perturbar la acción; apenas se denunció, me sometí a las investigaciones, pedí que sean objetivas y transparentes”, afirmó.

Atribuyó la suspensión a los "poderes oscuros" vinculados a las investigaciones que realizó el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop), que indaga a altos funcionarios del Estado que ostentan poder.

En declaraciones a RPP, Barreto dijo además que continúa cumpliendo su función como fiscal investigadora en los casos que corresponda y atañen a su competencia, más no como fiscal coordinadora del Eficcop.

Respecto a cómo afectará esta suspensión al Eficcop, Barreto refirió que ha tenido el apoyo de su equipo, quienes lamentan la medida y están preocupados porque lo avanzado a lo largo de estos dos años en el equipo, traerá un mayor esfuerzo.

Siento el respaldo de la institución, la institución no se puede parcializar sobre actos que deben investigarse, voy a colaborar con todo para que se investigue”, afirmó.

Señaló que el periodista que la denunció de haberle entregado información referida a la investigación contra el congresista Guillermo Bermejo, está obligado a entregar los audios y los documentos originales que supuestamente le dio, a fin de establecer la verdad mediante una pericia.

(FIN) FHG/JCR
JRA

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Publicado: 10/10/2024