El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó hoy el reglamento operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (mypes) del sector Turismo (FAE Turismo).
La medida se dispuso mediante resolución ministerial (RM) 167-2023-EF/15, publicada hoy en el diario El Peruano.
Así, se establece modificar el numeral 23.2 del artículo 23 del reglamento operativo del FAE Turismo, aprobado mediante RM 228-2020-EF/15.
El artículo 23 está referido a las reprogramaciones de los créditos garantizados con el FAE Turismo bajo decreto de urgencia (DU) 004-2022.
En el numeral 23.2 del artículo 23, se determina que pueden acceder o acogerse a la reprogramación de los créditos del FAE Turismo, las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) beneficiarias de FAE Turismo que cuenten con una garantía vigente y que sean presentadas por las entidades financieras y/o cooperativas de ahorro y crédito, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Contar con créditos hasta 300,000 soles, las mipymes pueden solicitar la reprogramación a las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito, las cuales evaluarán la solicitud conforme a sus procedimientos.
b) Para créditos mayores a 300,000 soles, las mipymes que requieran una reprogramación deben:
b.1) Demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el 2021, con relación a similar periodo del 2019, lo cual incluye los casos en los que no existan ventas durante el referido periodo 2021.
La verificación de la caída en los niveles de ventas precedentes en el literal b.1) es realizada por la entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito a través de los registros de la Sunat, debiendo la entidad financiera y cooperativa de ahorro y crédito guardar copia de estos registros en el expediente de la mipyme.
b.2) Contar con calificación crediticia normal o CPP al 31 de diciembre del 2022 y tener saldo insoluto igual o mayor a 120,000 soles al 31 de diciembre de 2022.
Difusión
Se dispone la publicación de la presente RM hoy en la plataforma digital única del Estado peruano para orientación al ciudadano (
www.gob.pe) y en las sedes digitales del MEF (
www.gob. pe/mef) y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o Mincetur (
www.gob.pe/mincetur).
En los considerandos de la norma, se señala que mediante DU 076-2020, se aprueban medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan su financiamiento para recuperar e impulsar sus actividades y su desarrollo productivo, vía créditos para capital de trabajo, a fin de recuperar el flujo de sus operaciones habituales ante un escenario de drástica reducción de la actividad económica y una significativa disminución de la liquidez.
El DU 076-2020 dictó medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa del sector Turismo para la reducción del impacto del covid-19 y otras medidas.
Se menciona que, vía numeral 3.1 del artículo 3 del citado DU, modificado por el artículo 2 del DU 004-2022, se creó el FAE Turismo, que tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo de las mypes que realizan actividades de establecimientos de hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte turístico, agencias de viajes y turismo, restaurantes, actividades de esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado turístico, y producción y comercialización de artesanías.
Reglas
Se destaca que mediante RM 228-2020- EF/15 se aprobó el reglamento operativo del FAE Turismo con el objeto de regular en forma integral los términos, condiciones y funcionamiento de este programa.
Se señala que a través del DU 004-2022, que modificó el DU 076-2020, se fijan medidas que garanticen a la mipymes del sector turismo a que sigan accediendo a créditos garantizados provenientes de los recursos del FAE Turismo, destinados a financiar, hasta el 31 de diciembre del 2022, capital de trabajo, adquisición de activo fijo y/o consolidación financiera o compra de deuda y reprogramación de créditos otorgados por el mismo fondo; así como otras modificaciones que buscan facilitar el acceso a la cobertura.
Se menciona que vía DU 026-2022, se amplía la vigencia del plazo de acogimiento de las reprogramaciones del DU 004- 2022, hasta el 30 de junio del 2023; asimismo, autoriza a las entidades del sistema financiero a brindar nuevas reprogramaciones y periodos de gracia para las empresas que hayan reprogramado sus créditos conforme el artículo 3 del DU 004-2022, hasta el 30 de junio de este año.
El DU 026-2022 estableció medidas en materia económica y financiera para brindar facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el programa Reactiva Perú, FAE Turismo, FAE Texco y dictó otras disposiciones.
Se señala que a través del Oficio 488-2023-Mincetur/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo remitió al MEF una propuesta de modificación del reglamento operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las mypes del sector Turismo.
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(FIN) MMG
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Publicado: 14/5/2023