El Gobierno dispuso el estado de emergencia en diversos distritos de los departamentos de Áncash, Apurímac, Cusco, Huancavelica, Lima, Loreto y San Martín ante el impacto de daños por intensas precipitaciones pluviales.
Así lo establece el
Decreto Supremo 012-2024-PCM, publicado la noche del jueves 1 de febrero en una Edición Extraordinaria del Diario Oficial
El Peruano.
La medida entra en vigor por el plazo de 60 días calendario y se extenderá a un total de 24 distritos en donde se deberán ejecutar las acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Asimismo se indica que, de acuerdo con la Ley 30498, ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales, se considerarán artículos de donación a los materiales médico, medicamentos, bloqueadores solares, vacunas, equipos médicos y/o afines, repelentes de insectos, alimentos, bebidas, prendas de vestir, textiles para abrigo y calzado.
La lista continúa con toallas, colchones de espuma gruesa, botas y botas de jebe, ponchos impermeables livianos, menaje de cama y de cocinas semiindustriales, útiles de aseo personal y limpieza, toallas higiénicas y pañales para adultos, maquinaria y equipo, silbatos, pilas, baterías, generadores eléctricos, combustibles líquidos, combustible diésel, artículos y materiales de construcción, entre otros.
Por último dispone que los servicios prestados a título gratuito indicados en dicha ley son los siguientes: servicios de catering, servicios médicos, servicios de transporte, servicios logísticos de despacho, traslado y almacenaje, servicios de operadores y cualquier otro servicio que sea necesario para atender los requerimientos de la población afectada.
La norma lleva el refrendo de la Presidenta de la República, Dina Boluarte, y el titular del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.