El congresista Roberto Vieira propuso un proyecto de ley que plantea permitir al Estado contratar publicidad en medios de comunicación privados para fortalecer políticas públicas y el ejercicio de derechos ciudadanos, además de fijar un tope máximo de inversión con ese fin.
El
proyecto de ley 3223/2018-CR, denominado “Ley que Regula la Publicidad Estatal y su Gasto en Medios Privados”, abarca a todas las entidades públicas, incluidas las de derecho privado y las pertenecientes a regímenes especiales, así como las empresas del
Estado, los gobiernos locales y regionales.
“La publicidad estatal en los medios de comunicación privados está prohibida, a excepción de la publicidad institucional pública debidamente orientada al fortalecimiento de políticas públicas para el ejercicio de los derechos ciudadanos”, indica la iniciativa.
Asimismo, la propuesta señala que las entidades públicas podrán contratar publicidad, pero no podrán exceder el 0.20 por ciento de la partida de bienes y servicios del total de su presupuesto.
Establece también que no estarán incluidas dentro de las prohibiciones y limitaciones la Comisión de Promoción del Perú (Promperú) y el Instituto Nacional de Defensa civil (Indeci).
El proyecto agrega que las instituciones públicas solo podrán contratar en los medios de comunicación privados que estén debidamente inscritos en el Registro Especial de Proveedores de Publicidad Estatal.
Al igual que la
Ley de Publicidad Estatal, aprobada por el
Congreso a mediados del año pasado, la iniciativa de
Roberto Vieira exceptúa la prohibición cuando se trate de desastres naturales y estados de emergencia, procesos electorales y publicaciones exigidas por ley.
En estos casos, la publicidad contratada y difundida no podrá tener alusiones directas a autoridades y “no excederá del 0.50 por ciento de la partida de bienes y servicios de la entidad”.
La propuesta modifica la denominada "Ley Mulder", aprobada recientemente por el Congreso, la cual prohíbe la contratación de publicidad estatal en medios de comunicación privados, salvo en casos de desastres naturales o en época de elecciones.
(FIN) JCC/CCR
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Publicado: 20/8/2018