El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad 2025, cuyo monto, fijado por la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, asciende a S/ 400.00.
¿Cuándo pagan?
Este beneficio será abonado por única vez en la planilla de pagos de enero de 2025.
El Decreto Supremo N° 002-2025-EF establece que, en el caso de profesores contratados y auxiliares de educación bajo el marco de la Ley N° 29944 (Ley de Reforma Magisterial), el pago de la bonificación se realizará, también por única vez, en la planilla de junio de 2025.
Beneficiarios
El bono se otorgará a:
-Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo los regímenes del Decreto Legislativo N° 276, Ley N° 29944 y Ley N° 30512.
-Docentes universitarios, conforme a la Ley N° 30220.
-Personal de salud, según el numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1153.
-Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
-Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
-Pensionistas a cargo del Estado, bajo los regímenes establecidos en la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
Además, los servidores penitenciarios recibirán la bonificación según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 29709 (Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria).
Asimismo, los trabajadores del Sector Público bajo régimen laboral de la actividad privada recibirán el bono conforme al numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 32185.
El personal activo y pensionista de la Administración Pública percibirá la Bonificación por Escolaridad únicamente en una sola entidad pública, y esta deberá ser aquella que abone el mayor monto de ingresos.
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(FIN) DOP/RES
Publicado: 14/1/2025