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Ica exigirá carné de vacunación contra el covid-19 para ingresar a restaurantes y cines

También a estadios, casinos, discotecas, bares, gimnasios y a actividades de carácter masivo

ANDINA/Difusión

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07:46 | Lima, set. 23.

El Gobierno Regional de Ica exigirá la presentación del carné de vacunación contra el covid-19 a las personas que quieran ingresar a restaurantes, cines, gimnasios, estadios, bares, discotecas, casinos y tragamonedas y otros donde se realicen eventos de concurrencia masiva que se realicen en dicha región.

Así lo dispone la Ordenanza Regional N° 0011-2021-GORE-ICA publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y que precisa que esta medida tiene carácter excepcional mientras dure la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19.

La norma refiere que el carné de vacunación contra el covid-19 que se presente debe indicar que ha recibido las dos dosis. Agrega que el objetivo es estimular la vacunación contra el coronavirus en la región Ica.


Remarca que se encuentran sujetos al ámbito de aplicación de la presente ordenanza regional, las personas naturales, sobre cuyas edades el Estado Peruano les ha brindado la oportunidad de vacunarse gratuitamente contra el covid -19, del mismo modo, las personas jurídicas que administran establecimientos públicos y privados de concurrencia masiva.

La ordenanza regional subraya que los establecimientos en los cuales se exigirá el cumplimiento de la presente ordenanza regional respecto al carné de vacunación son los siguientes: casinos y tragamonedas, restaurantes, estadios, cines, bares, discotecas, gimnasios y las demás que determine la autoridad sanitaria en coordinación con los gobiernos locales.

Se encuentran exoneradas del cumplimiento de esta ordenanza regional las personas naturales cuyas edades se encuentran pendientes de vacunación.

La norma indica que los administradores de establecimientos públicos y privados deberán exigir la presentación en original o digitalizado del carné de vacunación para las personas cuyas edades se les ha brindado la oportunidad de vacunarse gratuitamente ya sea en el país o en el extranjero.


Los administradores de los establecimientos indicados deberán verificar la validez del carné de vacunación en esa misma oportunidad en el portal web del habilitado por el Estado Peruano.

Refiere, asimismo, que si se verifica la presunción de falsedad del cliente o usuario, el administrador del establecimiento deberá efectuar llamada en los canales de comunicación a las autoridades correspondientes.

La no presentación del original del carné de vacunación, faculta al administrador del establecimiento a no permitir el acceso en el establecimiento, en caso, se le brindará información al cliente o usuario sobre los lugares de vacunación en los que puede acudir.


En caso que un cliente insista en ingresar al establecimiento posterior a la invitación a vacunarse, el administrador entregará el formulario del anexo Nº 01 a efectos de que proceda a llenarlos eximiendo de cualquier responsabilidad por las consecuencias de infección y/o transmisión que se pudiera generar, consecuentemente será de su exclusiva responsabilidad por dicha conducta, siendo pasible de la responsabilidad administrativa, civil o penal que corresponda.

La ordenanza dispone, asimismo, que sin perjuicio de las restricciones de aforo establecido por el Ministerio de Salud, se autoriza a los propietarios o administradores de establecimientos privados (restaurantes, cines, gimnasios, estadios, bares, discotecas, casinos y tragamonedas, entre otros) a permitir el acceso del aforo sin restricciones para aquellas personas que acrediten estar vacunadas contra el covid-19 con las dos dosis.

La autoridad sanitaria del Gobierno Regional de Ica, en coordinación con los gobiernos locales velará por el cumplimiento de la presente norma.

Agrega que la autoridad sanitaria del Gobierno Regional de Ica, en coordinación con los gobiernos locales, podrá implementar políticas de estímulos y reconocimiento a los restaurantes, cines, gimnasios, estadios, bares, discotecas, casinos y tragamonedas y otros por el buen comportamiento en la contención del covid-19.


En sus disposiciones transitorias el Gobierno Regional de Ica exhorta a los gobiernos locales de Ica a emitir la ordenanza municipal que permita ejecutar la presente norma.

Refiere, además, que la entrada en vigencia de la presente ordenanza regional, dará inicio a un periodo de campañas de educación, información y concientización respecto de la necesidad de acudir a los vacunatorios habilitados contra el covid-19 y las consecuencias que involucra el incumplimiento en la presente ordenanza.

En sus considerandos, la ordenanza regional afirma que a pesar del esfuerzo de vacunaciones, en nuestro país existe aún la presencia de variantes que amenazan el resto de la población, tales como: lambda, gamma, B.1.1.7, delta B 1.617.2, zeta P.2, epsilon B.1429 entre otras variante; es decir, se tiene la presencia de las variantes de interés y de preocupación.

Además, y a pesar de las campañas de vacunaciones existen personas que no se han vacunado con lo que pueden constituirse en portadores del virus que sigue creciendo y generando preocupación.

Agrega que diversos estados como Israel, los que conforman la Unión Europea, Japón, Corea del Sur, Estados Unidos, Colombia, y otros, partiendo de la premisa del gran esfuerzo e inversión para vacunar a la población y esta no se contagie del virus covid-19, han implementado mecanismos para que en los establecimientos se exija la presentación del certificado sanitario digital o certificado de no estar infectado de dicho virus, como mecanismo que proteja la población.

En ese aspecto, sostiene que Ica al concentrar la mayor densidad poblacional del país por la agroexportación, así como la reactivación económica del turismo, deviene en necesario en replicar tales experiencias positivas. En las ciudades y naciones donde se ha implementado el pase sanitario virtual o certificado covid-19 para ingresar a establecimientos como iglesias, estadios, restaurantes y bares, discotecas, entre otros.

La norma lleva la firma del gobernador regional de Ica, Javier Gallegos Barrientos.

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(FIN) MAO

Publicado: 23/9/2021