El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 32223, que regula el derecho a la encargatura y designación de cargos de confianza y de puestos de dirección en entidades públicas, con la finalidad de reconocer los derechos laborales a servidores públicos de los regímenes de Contrato de Administración de Servicios (CAS) y el Decreto Legislativo 276 (DL 276). Conoce aquí los alcances de la norma.
Trabajador CAS
El trabajador CAS tiene derecho a percibir la remuneración prevista para el cargo de confianza o para el puesto de dirección designado o encargado; y retornar a su puesto de origen terminada la designación o encargatura.
Además, el trabajador CAS indeterminado que sea encargado o designado para asumir cargo de confianza o puesto de dirección tiene derecho a recibir una constancia o certificado de trabajo por el período en que ha asumido dicho cargo o puesto.
Mientras dure la designación del trabajador CAS indeterminado para asumir un cargo de confianza o un puesto de dirección, su posición de origen es cubierta mediante un contrato CAS temporal, cuya duración es hasta el término de dicha designación. El incumplimiento de esta disposición genera responsabilidad en el responsable de la oficina de Recursos Humanos de la entidad.
Trabajador DL 276
El trabajador bajo el Decreto Legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, tiene el derecho a percibir la remuneración del cargo de confianza o del puesto de dirección designado o encargado, derecho que también asiste al servidor en condición de contrato permanente.
El servidor de carrera o en condición de contrato permanente con una continuidad mayor a cinco años, designado para desempeñar cargo político, de dirección o de confianza tiene derecho a retornar a su grupo ocupacional, nivel de carrera o plaza, al concluir la designación.
"El servidor de carrera que sea encargado o designado para asumir cargo de confianza o puesto de dirección tiene derecho a recibir una constancia o certificado de trabajo por el período en que ha asumido dicho cargo o puesto”.
El Poder Ejecutivo, en un plazo máximo de treinta días naturales contados desde la entrada en vigor de la
presente ley, deber adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo 1057 que regula el régimen CAS y el Reglamento del Decreto Legislativo 276 a las modificaciones e incorporaciones previstas en la presente norma.
Publicado: 31/12/2024