La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) amplia, desde el próximo 1 de julio, el control del traslado, almacenamiento y comercialización de insumos químicos que pueden ser desviados hacia el narcotráfico, en 9 departamentos.
Así a distritos de Cusco, Ayacucho, Huánuco y Junín incluidos en las Zonas de Régimen Especial de Control de Bienes Fiscalizados, se suman distritos de Amazonas, Cajamarca, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali, ampliando la estrategia de verificación de la Sunat.
En dichas jurisdicciones, que abarcan un total de 132 distritos, se controlarán hidrocarburos como diesel y sus mezclas con biodiesel, gasolinas y gasoholes, Hidrocarburo Alifático Liviano (HAL), Hidrocarburo Acíclico Saturado (HAS), Kerosene de Aviación Turbo, solventes 1 y 3, los cuales pueden ser utilizados en el proceso de producción de drogas ilegales.
Por ello, y considerando que la fiscalización empezará desde el próximo 1 de julio, los usuarios de la zona deben realizar, con la debida anticipación, su inscripción en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, que es administrado por la Sunat, con la finalidad de realizar sus actividades con los permisos correspondientes.
Además, quedará prohibido para dichas zonas el desarrollo de actividades relacionadas con los Bienes Fiscalizados detallados en el Anexo N.º 1 del D.S. N.º 348-2015-EF (salvo excepciones), así como la distribución minorista de hidrocarburos.
Registro para el control de los bienes fiscalizados
Para inscribirse en el Registro, primero, los usuarios deben actualizar la información contenida en su RUC (como domicilio fiscal, establecimientos, actividad comercial, entre otros) en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente o a través del portal de la Sunat.
Luego, tendrán que presentar la solicitud de inscripción impresa, suscrita y debidamente llenada, a la cual adjuntarán la documentación correspondiente y presentarla en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente. Para tener acceso a la solicitud de inscripción, los usuarios deben ingresar al Portal Sunat con su “Código de Usuario” y “Clave Sol”.
Es importante considerar que la solicitud no será aprobada si el contribuyente tiene la condición de “no habido” (dirección no validada por la Sunat) en su RUC o tiene un estado distinto a “activo”.
“Para más información puede comunicarse con nuestra Central de Consultas llamando al 0-801-12-100, desde teléfono fijo o celular al (01) 315-0730 o *4000, visitar nuestro portal:
www.sunat.gob.pe o acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio”, puntualizó la Sunat.
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Publicado: 2/6/2019