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Resoluciones de suspensión perfecta se notifican a correo electrónico de empresas

El empleador debe asegurar la disponibilidad y correcto funcionamiento de la dirección electrónica proporcionada

ANDINA/Difusión

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12:18 | Lima, jun. 3.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) reiteró hoy que las resoluciones sobre las solicitudes de suspensión perfecta de labores presentadas por los empleadores serán notificadas al correo electrónico proporcionado en la comunicación ingresada por el empleador en la Plataforma Virtual del MTPE.

"El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo recuerda a los empleadores que han ingresado solicitud de suspensión perfecta de labores que las resoluciones a expedirse por la Autoridad Administrativa de Trabajo competente serán notificadas directamente al correo electrónico señalado en la comunicación ingresada en la Plataforma Virtual del MTPE", detalló en un comunicado.

"Conforme a lo establecido en el numeral 3 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 038-2020, la notificación dirigida a la dirección de correo electrónico señalada por el empleador se entiende válidamente efectuada cuando sea remitida al buzón o bandeja electrónica que se haya indicado, surtiendo efectos el día en que conste haber sido recibida", agregó.

En tal sentido, el MTPE sostuvo que corresponde al empleador asegurar la disponibilidad y correcto funcionamiento de la dirección electrónica proporcionada, así como realizar la revisión oportuna del buzón electrónico.

Asimismo, señaló que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) viene notificando los requerimientos de información a las empresas, que han solicitado suspensión perfecta de labores, a través de su casilla electrónica.

Este servicio se encuentra alojado en su página web: www.sunafil.gob.pe. Los empleadores pueden acceder a la casilla, con el número de RUC o con el número de su DNI.


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(FIN) CNA

Publicado: 3/6/2020