La jueza del Quinto Juzgado Penal de Lima, Celia San Martín Montoya, admitió a trámite el hábeas corpus interpuesto por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CCNNDDHH) mediante el cual exigen el ingreso libre de los ciudadanos venezolanos al Perú, sin necesidad de pasaporte.
La causa, que será vista la próxima semana, podría eventualmente concluir con una decisión judicial que revoque la disposición del Ministerio del Interior y de la Superintendencia Nacional de Migraciones de exigir pasaporte a los ciudadanos venezolanos, medida que redujo en una tercera parte el flujo migratorio al Perú.
Según la solicitud planteada por la CCNNDDHH, la decisión del Estado peruano de exigir pasaportes a los ciudadanos venezolanos “viola principalmente su derecho a la libertad de tránsito, derecho a pedir refugio, derecho a la igualdad y a no ser discriminado, derechos de los niños, niñas y adolescentes”.
El
artículo 2 de la Constitución establece que el derecho a la libertad de tránsito no es absoluto y existen limitaciones por “razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería”.
Asimismo, la Cancillería informó que los ciudadanos sin pasaporte tienen abierta la opción de solicitar refugio; mientras que el Ministerio del Interior precisó días atrás que la exigencia del pasaporte tiene excepciones, entre ellas, para los niños que van con su padre o madre.
De aprobarse el hábeas corpus presentado por la CNDDHH, los ciudadanos venezolanos podrían volver a ingresar al Perú presentando solo su cédula de identidad, documento que de acuerdo a un peritaje presentado por el Sector Interior, es de fácil falsificación y no garantiza la identificación de la persona.
(FIN) NDP/VVS
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Publicado: 7/9/2018