Con una multa de 5.16 unidades impositivas tributarias (equivalente a 27,606 soles) fue sancionada la Asociación de Usuarios del Fondo Regional contra Accidentes de Tránsito (Afocat), por negarse a indemnizar, dentro del plazo legal, a una madre que sufrió la pérdida de sus gemelos en gestación tras ser víctima de un accidente de tránsito en Chiclayo, región Lambayeque.
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El hecho ocurrió el 20 de abril del 2023, cuando la madre viajaba en un mototaxi, que impactó de forma violenta contra un automóvil en una calle de la ciudad. Debido al fuerte golpe, la mujer, con aproximadamente 14 semanas de embarazo, sufrió lesiones y posteriormente los médicos confirmaron que sus bebés habían perdido la vida debido al impacto.
No obstante que el mototaxi contaba con un certificado contra accidentes de tránsito (CAT) vigente, la Afocat se negó a pagar la indemnización por el fallecimiento, argumentando que los concebidos no eran sujetos de derecho y, por lo tanto, no podían ser beneficiarios de la cobertura.
Al respecto, la
Sala del Indecopi determinó que en el caso de los concebidos estos son sujetos de derecho privilegiado y que su derecho a la vida no está condicionado a su nacimiento. En ese sentido, corresponde activar la cobertura por fallecimiento sea a través de un seguro por accidente de tránsito sea SOAT o CAT, como en este caso.
Como medida correctiva, la sala ordenó a la Afocat pagar a la madre la indemnización por la muerte de los gemelos, equivalente a 8 UIT (unos 42,800 soles).