Los servicios de restaurantes y afines, turísticos y los vuelos aéreos comerciales podrán reiniciar sus actividades desde hoy, dentro del inicio de la fase 3 de la reanudación de actividades.
Ello siempre y cuando presenten el protocolo sanitario respectivo, el cual debe ser aprobado por el ministerio correspondiente.
Cabe indicar la implementación de estas actividades y las demás comprendidas en la fase 3 se darán a nivel nacional, con excepción de las actividades que se desarrollan en las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
Autorizaciones
Según el Decreto Supremo 117-2020-PCM publicado en la víspera, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones está autorizado de emitir, mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable del Ministerio de Salud, los lineamientos sectoriales para el transporte aéreo.
Estas tienen que contener, según corresponda, fecha de reinicio, zonas permitidas, disposiciones obligatorias, recomendaciones, entre otros aspectos necesarios para la prestación de dichos servicios.
Asimismo, se autoriza al Ministerio de la Producción (Produce) para que, previa opinión favorable del Ministerio de Salud y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, apruebe mediante Resolución Ministerial la fecha de inicio de actividades.
Además, los Protocolos respectivos, para el caso de restaurantes y servicios afines, excepto bares.
Fase 3
Estas actividades que se pueden reiniciar en la fase 3 son las siguientes:
Energía y Minas
Todas las actividades correspondientes a este sector no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de actividades.
Agricultura
Todas las actividades correspondientes al sector no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de las actividades.
Construcción
Proyectos de construcción en general.
Manufactura
Fabricación de armas y municiones, Fabricación de aeronaves, naves espaciales y maquinaria conexa. Fabricación de vehículos militares de combate.
Comercios
Tiendas en general con aforo del 50%.
Sector servicios
Los siguientes rubros del sector servicios: Restaurantes y servicios con aforo al 40%, excepto base. Emisión de brevetes. Centros de evaluación de manejo. Entidades habilitadas para expedir certificados de salud. Escuelas de conductores.
Servicio de comercialización de venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros Productos (reciclaje). Transporte de pasajeros por vía férrea. Servicios de transporte especial de personas (transporte turístico) y de transporte regular de personas, además de su infraestructura complementaria.
Transporte acuático de pasajeros por vía fluvial y lacustre (en ámbito nacional y regional). Transporte de pasajeros por vía aérea. Actividades destinadas a la atención de circuitos turísticos. Actividades aeronáuticas no comerciales.
Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines. Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados. Edición de libros. Edición de directorios y listas de correo. Otras actividades de edición.
Actividades de producción de películas y de video. Actividades de postproducción de películas, de video y de programas de televisión. Actividades de distribución de películas, de video y de programas de televisión. Actividades de grabación de sonido y edición musical.
Servicios de contabilidad, auditoría y consultoría sobre dirección y gestión empresarial, que comprende actividades de las sedes centrales y actividades de consultoría de gestión empresarial.
Ensayos y análisis técnicos, investigación y desarrollo científicos. Investigación, innovación y desarrollo experimental en todos los campos del conocimiento. Uso y servicios de laboratorios de las instituciones de educación superior y Centros de Educación Técnica Productiva (Cetpro) con aforo máximo del 50%.
Investigación de mercados y realización de encuestas de opinión pública. Actividades especializadas de diseño. Actividades de fotografía. Alquiler de artículos deportivos y de ocio. Alquiler de cintas de video y discos. Alquiler de otros efectos personales y enseres domésticos.
Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por derechos de autor. Actividades de agencias de colocación de empleo. Actividades de agencias de trabajo temporal. Otra provisión de recursos humanos.
Actividades de agencias de viajes. Actividades de operadores turísticos. Actividades de guías de turismo. Actividades combinadas de apoyo a instalaciones. Fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas.
Servicios administrativos de oficina combinados. Actividades de centrales telefónicas. Incluido call centers con aforo al 50%. Actividades de agencias de cobranza y agencias de información crediticia. Actividades de envase y empaque.
Actividades de bibliotecas y archivos. Incluidas bibliotecas universitarias. Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías.
Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incluidas áreas naturales. Reparación de computadoras y equipo periférico. Reparación de equipos de comunicación. Reparación de aparatos eléctricos de consumo, muebles y otros bienes personales.
Reparación de calzado y artículos de cuero. Reparación de muebles y accesorios para el hogar. Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales.
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(FIN) RGP/RGP
Publicado: 1/7/2020