La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de Financiera Credinka, iniciándose el respectivo proceso de liquidación por el acelerado deterioro de su patrimonio, causal establecida en el numeral 4 del artículo 104 de la Ley General del Sistema Financiero (Ley N° 26702).
A través de la
Resolución SBS N° 03376-2024, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se dispone que están prohibidas las siguientes acciones:
- Iniciar contra Financiera Credinka procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra ella.
- Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la precitada empresa, en garantía de las obligaciones que le conciernen.
- Hacer pagos, adelantos o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan a la indicada empresa y se encuentren en poder de terceros, con excepción de algunas compensaciones.
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La norma faculta a los funcionarios de la SBS, Pablo Fauberto Cosar Ramos y Joao Martín Vidarte Chinchay, para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el proceso de liquidación, así como su posterior transferencia a la persona jurídica liquidadora.
Cabe recordar que, el 20 de setiembre del 2024, la SBS había oficializado el sometimiento a Régimen de Intervención a la Financiera Credinka y aprobó que participe en el Subprograma de Facilitación de la Reorganización Societaria de Instituciones Especializadas en Microfinanzas.
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(FIN) CNA