El pleno del Congreso aprobó modificar la denominación que en la Constitución se hace de las personas con discapacidad.
La propuesta -aprobada en segunda votación- señala que en los artículos 7 y 23 de la Constitución debe consignarse el término “persona con discapacidad”.
De esta manera, se reemplaza en dichos artículos los términos “persona incapacitada” e “impedido que trabaja”, respectivamente.
El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi (FP), señaló que esta corrección responde a convenios internacionales asumidos por el Perú para incluir a este sector de la población.
Recordó que en el ceso nacional de 2017 se contabilizó a 3 millones 209 mil 261 personas con discapacidad en el país, es decir el 10,3% de la población.
Votaciones unánimes
La primera votación de esta reforma constitucional se dio el 8 de mayo, obteniéndose unanimidad a favor de la iniciativa.
En esta ocasión, la iniciativa volvió a obtener una aprobación unánime, alcanzando 90 adhesiones favorables.
Al quedar expedita para su promulgación y publicación, esta propuesta será remitida a la Presidencia de la República.
(FIN) FGM/RMCH
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Publicado: 26/11/2024