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ONPE explica etapas de procesos administrativos sancionadores a organizaciones políticas

Con relación al uso del financiamiento público directo

ANDINA/Jhony Laurente

ANDINA/Jhony Laurente

17:12 | Lima, ene. 15.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que ha emitido informes técnicos de verificación sobre el uso del financiamiento público directo ejecutado en el primer semestre del año 2024, en los cuales se han advertido observaciones que pueden determinar presuntas infracciones a la Ley de Organizaciones Políticas, lo cual podría ameritar el inicio de un procedimiento administrativo sancionador.

La institución indicó que estos informes han sido puestos en conocimiento de cada uno de los partidos políticos y también han sido publicados en el portal Claridad.

La ONPE recordó también que los procesos administrativos sancionadores tienen dos etapas, una instructiva y otra resolutiva.

Etapas del proceso


En la primera etapa, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE elabora un informe técnico y, en caso advierta observaciones que ameriten la presunta comisión de una infracción administrativa, esto es comunicado al partido político.

Dicho informe técnico emitido puede ser objeto de descargo, el cual será evaluado por dicha gerencia con la finalidad de determinar si las observaciones persisten o no. De persistir, se remiten los actuados para el inicio del proceso administrativo sancionador mediante la emisión de una resolución gerencial.

La resolución se notifica a la organización política, otorgándole un plazo máximo de cinco días hábiles más el término de la distancia, en caso corresponda, para que presente sus descargos por escrito. Vencido el plazo, con el descargo o sin él, se emite el informe final de instrucción y lo remite a la Jefatura Nacional de ONPE para la notificación respectiva.

Recibido dicho informe, esta última gestiona la notificación y le otorga al partido político un plazo máximo de cinco días hábiles más el término de la distancia, en caso corresponda, para que presente sus descargos por escrito.

Transcurrido el plazo y con el respectivo descargo o sin él, se emite la resolución jefatural que resuelve el proceso, declarando el archivo del proceso administrativo sancionador o la aplicación de sanciones.


Acciones en caso de sanción


Si se establece que hubo infracción, se precisa cuál ha sido esta y qué sanciones corresponden. La resolución jefatural se notifica al infractor y se publica en el portal institucional de la ONPE.

Luego de notificado al infractor el resultado del Proceso Administrativo Sancionador, este tiene las siguientes opciones:

1. Presenta reconsideración: Si el recurso se considera fundado, se archiva el PAS.
2. Presenta apelación: El caso se remite al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
3. Ninguna acción: Se solicita al JNE información sobre apelaciones y se procede a la ejecución de la sanción.
4. Pagar multa: Culmina el proceso.

“A la fecha, Fuerza Popular, Renovación Popular y Alianza para el Progreso han presentado sus respectivos descargos a las observaciones advertidas, los mismos que están siendo evaluados con la finalidad de determinar si persisten o subsanan las presuntas infracciones establecidas en la Ley de Organizaciónes Políticas”, precisó la ONPE.

(FIN) NDP/MCA/JCR
JRA


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Publicado: 15/1/2025