El Ministerio de Energía y Minas (Minem) aprobó el contenido de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para establecimientos de venta al público de combustibles líquidos como gas licuado de petróleo (GLP) para uso automotor (gasocentro), gas natural vehicular (GNV).
También para el gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (LNG) y plantas envasadoras de GLP.
Estos nuevos contenidos de la DIA para actividades de comercialización de hidrocarburos tienen como objetivo brindar reglas claras, específicas y de fácil entendimiento para la evaluación ambiental.
Con el nuevo dispositivo se generará una mayor predictibilidad en la elaboración y evaluación de los proyectos con la finalidad de lograr evaluaciones más expeditivas.
La norma muestra ejemplos para una mejor orientación y se eliminan requisitos que no están relacionados con la evaluación ambiental, entre ellos, la presentación de la constancia de inscripción en Registros Públicos del predio donde se encuentra el establecimiento y el plan de contingencia sobre gestión de seguridad que no son parte de la evaluación ambiental.
Con esta regulación, que fue expedida con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente, el Minen busca fortalecer la gestión ambiental de las actividades de comercialización de hidrocarburos y promover inversiones ambiental y socialmente responsables bajo reglas optimizadas.
Para acceder al detalle de la
RM Nº 151-2020-MINEM/DM publicada en el diario oficial El Peruano, puedes ver el siguiente enlace:
https://bit.ly/2Yr1I34
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Publicado: 22/6/2020