Una multa de 33.26 UIT, equivalente a 171,289 soles, deberá pagar la discoteca Taj Mahajal de la ciudad de Huancayo, región Junín, por impedir el ingreso de un usuario debido a su orientación sexual, informó hoy Indecopi.
Mediante Resolución N°219-2024/INDECOPI-JUN, la Comisión consideró que el citado proveedor cometió un acto discriminatorio y, por ende, infringió el artículo 38° en su inciso 38.1 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
El referido artículo establece que todos los consumidores tienen derecho a no ser discriminados por motivo de origen, raza sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole en toda transacción comercial.
El responsable del establecimiento podrá presentar un recurso de apelación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi encargada de resolver el caso en segunda y última instancia administrativa.