Asimismo, deberán verificar la vigencia de la licencia de funcionamiento de los establecimientos que se acojan al uso temporal del espacio público colindante y definir los elementos de seguridad vial y otros que se consideren necesarios, en el marco de sus competencias.
La guía precisa diferentes formas de uso temporal de los espacios públicos tanto para actividades comerciales como culturales, así como las dimensiones mínimas que deben existir a fin de mantener el distanciamiento social, entre otros importantes lineamientos.
Esta guía podrá ser aplicada solo por los locales que colinden con algún espacio público. La finalidad es evitar que se realicen actividades en espacios cerrados, donde hay una mayor probabilidad de contagio.
Para la elaboración de la guía se recibió los aportes de los representantes de municipalidades, gremios y asociaciones gastronómicas, culturales y hoteleras y propietarios de restaurantes representativos.
El documento fue elaborado en el marco del artículo 4 del
Decreto Supremo N° 187-2020-PCM, el cual precisa que las municipalidades deben facilitar el uso temporal del espacio público a los mencionados negocios y establecimientos a fin de evitar poner en riesgo la salud de las personas.
En la norma también se indica que el MVCS será el encargado de elaborar la guía que oriente dichas acciones.
La guía puede ser consultada en el
siguiente enlace. Quienes deseen información adicional pueden escribir a
dgadt@vivienda.gob.pe