El Perú viene registrando, en esta fase máxima de la estación de verano, niveles de radiación ultravioleta muy alto y extremadamente alto que ponen en riesgo la salud de la población. Veamos a continuación cuáles son las regiones que reportan estos niveles máximos de exposición a los nocivos rayos UV, cuáles son los peligros que ello conlleva para la salud humana y qué medidas se deben adoptar para evitar estragos en el organismo.
¿Qué es la radiación ultravioleta?
La radiación ultravioleta forma parte de los rayos solares, se emite en todas direcciones y es necesaria para la vida en nuestro planeta. Si bien no puede verse ni sentirse, cuando alcanza niveles muy elevados se convierte en una amenaza para la salud humana, provocando entre otros daños, el envejecimiento prematuro, daños a los ojos y, en casos más graves, el agresivo cáncer de piel.
Aunque está presente durante todo el año, la radiación ultravioleta es más intensa en la temporada de verano debido a la aproximación del planeta Tierra al sol.
Intensidad
La intensidad de la radiación ultravioleta depende de la estación (aumenta en verano), la hora del día (se incrementa entre las 10:00 y las 16:00 horas), la latitud (cercanía a la línea ecuatorial), la nubosidad (puede ser elevada incluso con nubes), la altitud (en los Andes es más potente que en la costa y la selva); la capa de ozono y la reflexión por la superficie (la arena seca de playa refleja un 15% y la espuma del agua de mar refleja un 25%).
Los índices de radiación ultravioleta se clasifican según su intensidad en Baja (menor a 2), Moderada (3-5), Alta (6-7), Muy Alta (8-10) y Extremadamente Alta (mayor a 11).
Regiones con mayor radiación ultravioleta
Aunque la radiación ultravioleta no está relacionada directamente con la temperatura, sí está determinada por la condición de la capa de ozono. Por ello, los niveles de radiación UV serán más altos en aquellas zonas donde la capa de ozono está más afectada y disminuida.
En el Perú, los altos índices de radiación ultravioleta se registran sobre todo por dos factores simultáneos: altitud (por encima de los 2,000 metros sobre el nivel del mar) y cercanía a la línea ecuatorial. Mientras a más metros sobre el nivel del mar se encuentre una región, mayor será la incidencia de radiación ultravioleta.
Según el pronóstico elaborado por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi), para el 6 y 7 de febrero, las regiones con mayores índices de radiación ultravioleta en Perú en el rango extremadamente alto son:
Junín y Pasco, que reportan índice 19, el máximo hasta ahora en el rango extremadamente alto.
Áncash (provincias de la sierra), Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica y Puno alcanzan índice 18.
Abancay, Arequipa (provincias de la sierra), Huánuco y Amazonas reportan índice 17.
Ica, Moquegua y San Martín tienen índice 16.
Lima y Callao, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, Tacna Tumbes y Ucayali soportan un índice 15.
El Senamhi explica que, a medida que nos alejamos del ecuador los rayos solares son más oblicuos por lo que la intensidad de la radiación UV en superficie es menor. Sin embargo, en estas mismas regiones mientras más altitud tengan las localidades, la intensidad de la radiación UV aumenta.
Debido a que el ángulo de incidencia de la radiación solar es muy cercano a la perpendicularidad, los rayos solares tienen una menor superficie de reflexión y tienen un menor recorrido para llegar a superficie. Es por eso crítico el pronóstico de la intensidad de la UV en las zonas altas de los andes peruanos.
Efectos de los rayos UV en la salud
Las cantidades pequeñas de radiación ultravioleta son necesarias para producir vitamina D, pero la exposición excesiva tiene consecuencias negativas para la salud, ya que puede causar cáncer. A continuación, conoce el daño que pueden provocar los rayos UV a las personas si hay una sobreexposición sin protección adecuada, sobre todo en las horas de mayor intensidad (entre las 10:00 y las 16:00 horas).
Efectos en la piel
Los efectos agudos de la radiación ultravioleta pueden ser: daños en el ADN, quemaduras solares, reacciones fototóxicas y fotoalérgicas e inmunodepresión, que puede considerarse un factor de riesgo de cáncer y dar lugar a la reactivación de virus (por ejemplo, el del herpes labial).
Por su parte, los efectos crónicos de la exposición en la piel y los labios pueden provocar los siguientes tipos de tumores: melanoma cutáneo: un tumor maligno y potencialmente mortal; carcinoma epidermoide (o de células escamosas), un tumor maligno que, por lo general, se propaga menos que el melanoma y suele ser menos letal; y carcinoma basocelular: un cáncer de piel de crecimiento lento que aparece sobre todo en las personas mayores.
Otro efecto nocivo de la exposición excesiva a los rayos ultravioleta es el envejecimiento prematuro de la piel, debido a la pérdida de elasticidad de la piel a una edad temprana, con disminución de la cicatrización de las heridas.
Efectos en los ojos y la visión
La radiación ultravioleta puede causar daños oculares agudos, como fotoqueratitis y fotoconjuntivitis; es decir, la inflamación de la córnea y de la conjuntiva, respectivamente. Se trata de efectos reversibles que se pueden prevenir con gafas protectoras y no suelen causar daños a largo plazo, pero son dolorosos y pueden requerir una intervención terapéutica.
En tanto, los efectos crónicos de la radiación ultravioleta pueden ser la catarata, una enfermedad ocular en la que el cristalino se vuelve cada vez más opaco, lo que provoca una alteración de la visión y, finalmente, ceguera.
También puede producir pterigion o crecimiento de una carnosidad que puede cubrir parte de la córnea); y cáncer dentro y alrededor del ojo (carcinoma basocelular, carcinoma epidermoide o melanoma).
La exposición a los rayos ultravioleta también podría influir en la aparición de degeneración macular relacionada con la edad.
Prevención ante los rayos UV
En vista de esta situación que amenaza la salud de la población, se recomienda usar lentes de sol con protección ultravioleta, sombrero de ala ancha, prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo, protector solar para la piel, sombrillas, hidratarse constantemente y consumir alimentos que ayuden a evitar la deshidratación.
No obstante, la mejor forma de protegerse del sol es mantenerse en la sombra y llevar ropa. Asimismo, no se deben emplear protectores solares para prolongar el tiempo de exposición al sol ni utilizar aparatos de bronceado artificial, porque aumentan el riesgo de presentar cáncer de piel. El bronceado artificial nunca debe emplearse para conseguir un nivel suficiente de vitamina D. Varios países han promulgado leyes para prohibir o restringir el uso de las camas de bronceado.
Ley N° 30102
La
Ley N° 30102, oficializada el
6 de noviembre de 2013, dispone
medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la
radiación solar.
La norma establece que los titulares de las instituciones y entidades públicas y privadas, a fin de reducir los efectos nocivos ocasionados por la exposición a la radiación solar, tienen las siguientes obligaciones:
a) Desarrollar actividades destinadas a informar y sensibilizar al personal a su cargo acerca de los riesgos por la exposición a la radiación solar y la manera de prevenir los daños que esta pueda causar.
b) Disponer que las actividades deportivas, religiosas, institucionales, cívicas, protocolares o de cualquier otra índole que no se realicen en ambientes protegidos de la radiación solar se efectúen preferentemente entre las 8:00 y las 10:00 horas o a partir de las 16:00 horas.
c) Proveer el uso de instrumentos, aditamentos o accesorios de protección solar cuando resulte inevitable la exposición a la radiación solar, como sombreros, gorros, anteojos y bloqueadores solares, entre otros.
d) Disponer la colocación de carteles, avisos o anuncios en lugares expuestos a la radiación solar en su jurisdicción, donde se incluya lo siguiente: “La exposición prolongada a la radiación solar produce daño a la salud”.
e) Promover acciones de arborización que permitan la generación de sombra natural en su jurisdicción.
Asimismo, dispone que los directores de las instituciones educativas públicas y privadas, al inicio del período de clases o del período académico, informen a los estudiantes sobre los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, recomendándoles hacer uso de los elementos de protección idóneos.
Los centros educativos deben contar con zonas protegidas para actividades al aire libre, las mismas que son fiscalizadas por el Ministerio de Educación.
El dispositivo legal señala que los empleadores, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan sus trabajadores, tienen la obligación de adoptar medidas de protección cuando, por la naturaleza del trabajo que realizan sus trabajadores, estén expuestos de manera prolongada a la radiación solar.
Indica que, al inicio de la relación laboral, el empleador debe informar a los trabajadores sobre los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, haciéndoles entrega de los elementos de protección idóneos con la debida capacitación para su adecuado uso.
(FIN) LZD/MAO