Foto motivo, como actúan las organizaciones criminales dedicadas a la modalidad del préstamo express e ilegal de “gota a gota” cometerían no solo el delito de usura sino también de lavado de activos, lesiones, extorsión, homicidio.
Foto: ANDINA/ Eddy Ramos
El Congreso de la República oficializó la norma que dispone el congelamiento administrativo inmediato de las cuentas bancarias cuyos titulares se encuentren presuntamente vinculados al delito de extorsión, a fin de fortalecer la lucha contra este delito.
Allí se establece que las unidades especializadas de la Policía Nacional del Perú (PNP) pueden requerir a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF) el congelamiento de fondos o activos presuntamente vinculados al delito de extorsión, el cual pone a conocimiento del Ministerio Público.
Ello lo podrá hacer la PNP luego de recibir una o más denuncias por esta figura delictiva y determinar la urgencia de las circunstancias o el peligro en la demora, siempre que sea necesario por la dimensión y naturaleza de la investigación.
Además, la Policía deberá acompañar su requerimiento a la UIF con pruebas que sustenten el congelamiento administrativo de los referidos fondos o activos.
Por su parte, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) dictará las medidas necesarias para el cumplimiento de la norma.
Por último, se incorpora una disposición complementaria mediante la cual se faculta a la Policía Nacional a interceptar las comunicaciones ilegales que provengan de los establecimientos penitenciarios con la finalidad de prevenir, investigar y perseguir el delito, en ejercicio de sus acciones de inteligencia.
El dispositivo legal lleva la firma del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana; y la primera vicepresidenta de dicha institución, Patricia Juárez.
(FIN) MCA/CVC
JRA
Más en Andina:
Publicado: 20/12/2024