La Corte Suprema de Justicia de la República declaró infundado el cese de prisión preventiva para el expresidente Pedro Castillo, acusado por los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y contra la tranquilidad pública en agravio del Estado y la sociedad.
La decisión fue adoptada por el juez supremo Juan Carlos Checkley, quien determinó que la medida coercitiva contra el exmandatario debe mantenerse vigente.
“Se declara la vigencia de la medida de prisión preventiva que fuera prolongada por 18 meses por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia el 5 de julio de 2024”, señala el organismo judicial.
El caso está vinculado a los hechos ocurridos el 7 de diciembre de 2022, cuando Castillo anunció la disolución del Congreso, la reorganización del Poder Judicial, el Ministerio Público y otras entidades constitucionales, lo que fue interpretado como un intento de quiebre del orden constitucional.
La defensa del exmandatario argumentó la existencia de nuevos elementos de convicción que justificarían el cese de la medida, entre ellos la falta de toma de declaraciones a testigos clave y documentos que, según su versión, probarían que no hubo un alzamiento en armas.
Sin embargo, el
Poder Judicial rechazó estos argumentos señalando que
“no gozan de entidad suficiente para ser considerados nuevos elementos de convicción” y que la solicitud de la defensa
“no está destinada a acreditar hecho alguno vinculado con los delitos imputados”.
Asimismo, se desestimó el pedido de sustitución de la prisión preventiva por vigilancia electrónica, ya que el delito de rebelión conlleva una pena privativa de libertad no menor de 10 años y no mayor de 20 años, lo que impide la aplicación de dicha medida.
“No cabe la vigilancia electrónica en el presente caso; más aún cuando el argumento de la defensa es que en el centro penitenciario donde su patrocinado cumple la prisión preventiva (conocido como Barbadillo) no existe hacinamiento”, detalla la resolución.
(FIN) OPG/CVC
JRA
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Publicado: 4/2/2025