Andina

Sunat revisa ley sobre procedimiento concursal de clubes de fútbol para su implementación

Entidad recaudadora evalúa cuáles serán sus siguientes pasos tras aprobación de nueva norma

ANDINA/Difusión

ANDINA/Difusión

16:46 | Lima, set. 2.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) señaló hoy que está revisando la Ley Nº 32113, que modifica el procedimiento concursal de clubes peruanos de fútbol (Universitario de Deportes y otros), con el objetivo de ejecutar sus siguientes pasos para implementar dicha norma.

“No podría pronunciarme al respecto porque estamos haciendo una revisión de los siguientes pasos para implementar la norma”, manifestó el jefe de Sunat, Gerardo López.

“La norma, efectivamente, ya existe, se promulgó, y cualquier regulación nos corresponde cumplirla en todos sus aspectos. Estamos revisando el alcance jurídico-legal para ir con cautela sobre los siguientes pasos”, agregó.




Cabe indicar que la mencionada ley fue publicada la semana pasada, por lo cual quedan suspendidos, por un plazo de tres años, los efectos de las Leyes 29862 y 30064, así como sus normas complementarias.

Durante esos tres años, los clubes de fútbol profesional en situación de concurso podrán acogerse a los efectos de esta normativa recién aprobada, previo acuerdo de la junta de acreedores.

El club de fútbol tendrá que solicitar ante la Sunat la resolución que designe al administrador provisional, el cual está facultado para elaborar y ejecutar un plan de viabilidad que contenga las proyecciones económicas, financieras y las fuentes de financiamiento; el modelo de negocios y los planes de inversión, y los informes de tasación y valorización de los bienes.



Además, deberá tener el cronograma de pago de las acreencias concursales, cuyo plazo no tienen que exceder estos tiempos:

- 10 años en el caso que, en su conjunto, no superen los 20 millones de soles.

- 15 años en el caso de que, en su conjunto, no superen los 30 millones de soles.

- 20 años en el caso de que, en su conjunto, no superen los 50 millones de soles.

- 25 años en el caso de que, en su conjunto, superen los 50 millones de soles, pero sean menores a los 100 millones de soles.

- 30 años en el caso de que, en su conjunto, superen los 100 millones de soles.


Más en Andina:



(FIN) CNA

Publicado: 2/9/2024