Elecciones 2026: ¿cuándo partidos y candidatos deben presentar información ante la ONPE?

Se trata de la información concerniente a la campaña electoral

Foto: ANDINA/Jhony Laurente.

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10:31 | Lima, abr. 17.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó que para las Elecciones Generales 2026, que incluye las elecciones primarias de este año, las organizaciones políticas y los candidatos inscritos ante el jurado electoral especial correspondiente se encuentran obligados a presentar la primera y segunda entrega de la información financiera de campaña electoral.

Así lo fija la tercera disposición transitoria incorporada al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios (RFSFP) del citado organismo electoral, según lo dispuesto por la Resolución Jefatural 000057-2025/JN/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano.
 
La norma incorpora también una cuarta disposición transitoria al referido reglamento, en la que se detalla cómo se realizarán ambas entregas. El periodo de la primera comprende desde la convocatoria (26 de marzo del 2025) hasta 30 días calendario antes del día de la elección definitiva. El plazo para la entrega será fijado por la ONPE.
 
A su vez, el periodo correspondiente a la segunda entrega abarca desde el día siguiente de finalizado el plazo de la primera entrega, hasta la fecha de publicación de la resolución de conclusión en el Diario Oficial El Peruano

Su presentación debe efectuarse dentro de un lapso máximo de 15 días hábiles, contados desde el día posterior a la aparición de dicha resolución en el mencionado diario, que declara el cierre de los comicios del 2026.
 



En los considerandos de la resolución, el organismo electoral precisa que las disposiciones normativas contenidas en el RFSFP no se contradicen con la posterior regulación introducida por la Ley 32264, que establece medidas para la simplificación del desarrollo de las EG 2026.
 
“Y es que el RFSFP establece definiciones, reglas, mecanismos y lineamientos que serán utilizados en todos los procesos electorales y de consulta popular, además de las EG 2026”, agrega la norma.
 
Más información
 
De acuerdo con el RFSFP, la campaña electoral es el conjunto de actividades partidarias realizadas desde la convocatoria de un proceso electoral hasta la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la resolución que declara su conclusión. 

Esta tiene por finalidad directa la obtención del voto de los ciudadanos hábiles para optar por una opción concreta que se les presente durante un proceso electoral, sea para elegir representantes ante un organismo de gobierno o para decidir respecto de una materia que es sometida a consulta popular.


(FIN) NDP/CVC
GRM

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Publicado: 17/4/2025