Los miembros de mesa que cumplan su labor en las elecciones recibirán una compensación del 3 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 160.5 soles por cada jornada electoral, de acuerdo a una ley promulgada hoy por el Ejecutivo.
La norma,
oficializada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que
adicionalmente recibirán un día de descanso remunerado con carácter no compensable, tanto para los trabajadores del sector público como del privado, que se hará efectivo dentro de los 90 días siguientes a la fecha de elección, siempre que haya completado el proceso de capacitación.
"El descanso es fijado de común acuerdo entre el empleador y el trabajador; a falta de acuerdo, el empleador determina la fecha", señala la Ley 26859, que modifica la Ley Orgánica de Elecciones, a fin de otorgar incentivos para el cumplimiento de la labor de miembro de mesa.
Más miembros suplentes
La norma amplía también de tres a seis el número de miembros suplentes para el proceso electoral, que se designan mediante sorteo entre una lista de 25 ciudadanos seleccionados entre los electores de la mesa de sufragio.
“El proceso de selección y sorteo está a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en coordinación con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. En este mismo acto son sorteados otros seis miembros, que tienen calidad de suplentes”, dispone la norma.
Durante la sustentación de la norma, el presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi, argumentó que en las últimas elecciones se han reportado casi un 25 % de ausentismo, por lo que se hacía necesario establecer un marco promocional para premiar a los buenos ciudadanos que cumplan efectivamente su labor.
(FIN) FHG/CVC
GRM
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Publicado: 9/1/2025