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Inmovilización social será de las 18:00 a las 04:00 horas

Según decreto supremo publicado hoy

Foto: ANDINA/Renato Pajuelo.

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07:42 | Lima, abr. 10.

Andina, información oficial sobre el coronavirus

Durante la prórroga de la emergencia nacional por el coronavirus, la inmovilización social obligatoria será de las 18:00 a las 04:00 horas del día siguiente, en el ámbito nacional.

Ello con excepción de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, regiones del norte donde la inmovilización social obligatoria regirá desde las 16:00 hasta las 04:00 horas.

La medida fue dispuesta a través del Decreto Supremo 064-2020-PCM, publicado hoy.

Con ello, se modifica el horario de inmovilización social que a la fecha es de las 18:00 a las 05:00 horas en el país, excepto en las mencionadas regiones norteñas donde es de las 16:00 a las 05:00 horas.

La norma publicada hoy lleva la rúbrica del presidente Martín Vizcarra; del jefe del Gabinete, Vicente Zeballos, y ministros de Estado.

Dicha disposición oficializa también la prórroga de la emergencia hasta el 26 de abril, anunciada el último martes por el Jefe del Estado.

Durante este periodo se mantiene la obligatoriedad de colocarse mascarillas para circular por las vías de uso público.


(FIN) VVS
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Publicado: 10/4/2020