La Sunedu dispuso que las
universidades licenciadas puedan establecer mecanismos o acciones de responsabilidad social que favorezcan la continuidad de estudios de los alumnos que proceden de universidades con licencia denegada.
De acuerdo con la resolución, las acciones o mecanismos que dispongan las universidades licenciadas se reconocerían como parte del 2 por ciento del presupuesto que, como mínimo, las casas superiores de estudio destinan al concepto de responsabilidad social.
Para tal efecto, añade la resolución, se podría tomar como referencia los costos que el estudiante cubría en su universidad de origen vinculados a la prestación del servicio educativo; o brindar servicios académicos para facilitar la nivelación o el acompañamiento para una adecuada reinserción, entre otros.
El artículo 124 de la
Ley Universitaria establece que la responsabilidad social universitaria es la gestión ética y eficaz del impacto generado por la universidad en la sociedad debido al ejercicio de sus funciones académica, de investigación y de servicios de extensión y participación en el desarrollo nacional.
Se constituye por ello en uno de los fundamentos de la vida universitaria, además de contribuir al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad, indica la resolución que lleva la firma del superintendente Martín Benavides.
Voceros de Sunedu explicaron a la
Agencia Andina que si bien no pueden establecer mecanismos específicos en respeto a la autonomía universitaria, dicha institución sí puede promover acciones que favorezcan la continuidad de los estudios de las alumnas y alumnos de universidades con
licencia institucional denegada.
Por ello, agregan, con este acuerdo Sunedu busca incentivar la implementación de acciones como tarifas sociales, rebaja de tasas administrativas para la convalidación de cursos y traslado, inversión en medidas que permitan al estudiante adecuarse a su nueva universidad (como programas de nivelación u orientación), entre otras.
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(FIN) RRC/RRC
Publicado: 20/6/2019