Los consumidores financieros deben conocer las diferencias entre la reprogramación y el refinanciamiento de préstamos en el sistema financiero a fin de que puedan elegir la mejor opción, de ser el caso, considerando la actual coyuntura.
Es importante destacar que tanto la reprogramación de deudas como el refinanciamiento de créditos permiten a los prestatarios cumplir con el pago de sus deudas.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó que vienen desarrollando actividades conjuntas con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en beneficio de los consumidores financieros en el país y destacó las diferencias entre la reprogramación y refinanciamiento de préstamos.
Reprogramación:
1.- Puede otorgarse a solicitud del cliente o de forma unilateral (a decisión de la entidad financiera). En este último caso, el usuario tiene derecho a revertirla, manteniendo las condiciones originales del crédito.
2.- Se puede solicitarla si se está al día en los pagos o si no se tiene más de 30 días de atraso.
3.- Las condiciones del crédito (tasa, plazo, monto u otros) pueden variar. En el caso de las reprogramaciones unilaterales, la modificación de la tasa de interés es posible siempre que esta se reduzca.
4.- No afectará la calificación crediticia del deudor en las centrales de riesgos.
Refinanciamiento:
1.- Está sujeto a la negociación con la entidad financiera.
2.- Se puede solicitarlo incluso, teniendo más de 30 días de atraso en el pago.
3.- Las condiciones del crédito (tasa, plazo, monto u otros) pueden variar.
4.- La calificación crediticia del deudor en las centrales de riesgos se verá afectada.
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(FIN) MMG
JRA
Publicado: 4/4/2021