Los estudiantes en situación de pobreza y matrícula vigente y los docentes con carga lectiva vigente tendrán acceso gratis a internet por dos semestres académicos con el fin de garantizar la continuidad del servicio educativo remoto durante la emergencia sanitaria.
Así lo señala el
Decreto Supremo 002-2021-Minedu publicado hoy en el Diario Oficial
El Peruano, que establece los criterios para la determinación de los estudiantes y docentes beneficiarios del servicio de internet de las universidades públicas en el marco de lo dispuesto por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
La norma dispone que los beneficiarios del servicio de internet son los estudiantes de pregrado de las universidades públicas que hayan sido clasificados como pobres o pobres extremos, de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) y los docentes ordinarios y contratados que figuren en el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.
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Asimismo, indica que las universidades públicas, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2021 deben contratar servicios de internet, con sus respectivos módems externos, USB o chips, para dos semestres académicos, en el contexto del numeral 2 de la Octogésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
La norma también señala que las universidades públicas deben remitir al Ministerio de Educación (Minedu), como máximo hasta la culminación de cada semestre académico (2021-1 y 2021-2), la relación de estudiantes y docentes beneficiarios del servicio de internet que será contratado.
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