Considerando las características especiales del Programa de Apoyo Empresarial a la micro y pequeña empresa (PAE-Mype), la SBS flexibilizó el tratamiento de las provisiones que se aplican a los créditos que las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos de terceros (Coopac) nivel 2 y nivel 3 otorguen en el marco de dicho programa.
Enfatizó que ello contribuirá a que estas entidades ofrezcan a sus socios condiciones más competitivas.
El PAE-Mype fue creado por el Poder Ejecutivo con el objetivo de garantizar los créditos para capital de trabajo de estas empresas que fueron las más afectadas por el reciente cierre de actividades o que tuvieron un reinicio posterior o tardío de actividades, subrayó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Normativa
Así, la
Resolución 00977-2021, publicada hoy en el Diario Oficial
El Peruano, establece que las Coopac nivel 2 y 3, excepcionalmente,
aplicará una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0 % a la parte de los créditos que cuenta con la cobertura de la garantía del PAE-Mype.
También, se precisa que dicha parte no se encuentra sujeta a límites de concentración crediticia (artículos 37 y 38 del Reglamento General de las Coopac, Resolución SBS 480-2019 y sus modificatorias).
Por otro lado, se modifica el manual de contabilidad para las Coopac de nivel 2 y 3 con la finalidad de adecuarlo a las disposiciones establecidas.
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(FIN) NDP/SDD
GRM
Publicado: 1/4/2021