Con la finalidad de facilitar y agilizar la emisión de tarjetas de créditos, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó un procedimiento simplificado de autorización para las entidades microfinancieras que lo requieran.
Con la finalidad de facilitar y agilizar la emisión de tarjetas de créditos, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución 1049-2021, ha aprobado un procedimiento simplificado de autorización a las entidades que lo requieran.
La Resolución 1049-2021, publicada en el diario El Peruano, está dirigida a las cajas municipales de ahorro y crédito (CMAC), a la caja municipal de crédito popular y a las cajas rurales de ahorro y crédito (CRAC).
Las condiciones para aplicar a dicho procedimiento simplificado consisten en contar con una clasificación de riesgo en la categoría de riesgo “B-” o superior en el último semestre y estar autorizada para emitir tarjetas de débito.
Así como, contar con una adecuada estructura organizativa, sistemas informáticos y cumplimiento de lo señalado en la regulación vigente en lo referente a la nueva operación.
El plazo máximo para la emisión de la autorización, una vez cumplidos los requisitos, será de 30 días calendario.
Cabe destacar que la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (Fepcmac) manifestaron en febrero pasado que las tasas de las tarjetas de crédito en el mercado bajarían con la participación de las cajas ediles en la
emisión de este producto, a raíz de la norma que preparaba la SBS con este fin.
La jefa de la SBS, Socorro Heysen, adelantó en enero último que se encontraban trabajando una norma para facilitar y agilizar la emisión de tarjetas de crédito en cajas ediles y rurales con calificación de riesgo B o mejor y con permisos para emitir tarjetas de débito.
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(FIN) NPD/MMG
Publicado: 11/4/2021