El presidente de Cofide, Carlos Linares, informó hoy que se está evaluando la ampliación del plazo para el acogimiento de personas naturales y micro y pequeñas empresas (mypes), perjudicadas por la pandemia del covid-19, al programa de reprogramación de deudas con garantía estatal.
“Se está evaluando la ampliación del programa de Garantías Covid-19, considerando que su implementación ha tomado un poco más de tiempo de lo previsto, pero ya empezó y hay buenas expectativas”, señaló.
Cofide puso en marcha el programa de Garantías Covid-19 la semana pasada e inició la emisión de certificados de garantías de este programa, siendo la primera entidad financiera en recibirlas la Caja Piura, una de las 18 entidades habilitadas para identificar y presentar su cartera de clientes elegibles para ser favorecidos con este esquema.
En los próximos días se debe tener alguna información sobre este programa de Garantías Covid-19 lo cual está estudiando el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mencionó Linares, en conferencia de prensa en la que presentó la próxima emisión del Bono Covid.
Reprogramación y congelamiento
Cabe destacar que la Ley 31050, que estableció disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas para aliviar la economía de las personas naturales y las mypes afectadas por el covid-19, dispuso que las personas naturales y mypes que deseen acogerse a esa norma deberán solicitarlo a los entes financieros, en un plazo máximo de 70 días hábiles de publicado el reglamento en el diario El Peruano.
El reglamento operativo del programa de Garantías Covid-19 se publicó el 18 de octubre del año pasado, mediante Resolución Ministerial (RM) 296-2020-eF/15.
El objeto de la citada ley es disponer medidas extraordinarias de reprogramación de pagos de créditos de personas naturales y mypes afectadas económicamente por el estado de emergencia nacional a consecuencia de la pandemia del coronavirus, bajo el otorgamiento de garantías del Gobierno Nacional a través del Programa de Garantías Covid-19.
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(FIN) MMG/SDD
JRA
Publicado: 21/1/2021