Las propuestas del Congreso en torno al congelamiento y reprogramación de las deudas son innecesarias porque ya se reprogramaron el 35% de los créditos del sistema financiera pertenecientes a los clientes afectados por la pandemia del coronavirus, señaló la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc).
“Estas iniciativas (del Parlamento) no son necesarias porque no todos requieren reprogramaciones, que además ya se dieron”, considerando las disposiciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), dijo su gerente general, Miguel Vargas.
Vargas explicó que si los préstamos reprogramados cayeran en impago y se afectase el patrimonio del banco al reducirse en (más del) 40%, se ingresaría a un régimen de vigilancia y se necesitaría realizar aportes de capital para fortalecer su patrimonio.
Pero si el patrimonio se reduce en más del 50%, se gatillaría la intervención y posterior liquidación de la entidad, agregó.
Cabe destacar que una de las causales para ingresar al Régimen de Vigilancia es que la entidad financiera presente pérdidas o reducción de más del 40% del patrimonio efectivo y para que entré en Intervención debe mostrar pérdidas o reducción de más del 50% del patrimonio efectivo en los últimos 12 meses, según la Ley 27602, Ley General del Sistema Financiero, de Seguros y Orgánica de la SBS.
De esta manera, si un porcentaje de esos créditos ya reprogramados dejasen de pagarse por parte de los clientes, se originarían las situaciones ya mencionadas, manifestó Vargas.
Entonces estos dictámenes del Congreso plantean que los clientes que pagan sus créditos puntualmente ya no lo hagan, restando recursos para prestar y perjudicando además a los ahorristas, comentó.
Estos planteamientos que buscan que se reprograme todos los préstamos perjudicarían principalmente a las entidades vinculadas al segmento de consumo (y microempresa), siendo factible que algunas entidades requieran mayor apoyo, refirió.
En otro momento, mencionó que a partir de agosto y setiembre se podría observar mejor el funcionamiento de las actuales reprogramaciones de deudas, aunque se notará el impacto de la crisis en los resultados financieros de las entidades al cierre del año.
Costo fiscal
Vargas comentó que los dictámenes del Parlamento presentan errores de contabilidad financiera y además poseen aspectos constitucionales pendientes de análisis, por lo que deberían pasar a la Comisión de Constitución del Congreso.
También impiden soluciones privadas con los clientes y precipitan soluciones públicas, señaló el gerente general del gremio bancario.
“Cuando hay crisis financiera finalmente es el Estado el que tiene que asumir parte del ahorro comprometido por la crisis y en promedio en el mundo las crisis bancarias han representado alrededor de 20% del Producto Bruto Interno (PBI)”, dijo.
Además estos dictámenes del Congreso comprometen la reactivación y la generación del empleo, pues la inseguridad jurídica y el incremento de riesgos retrae el crédito y la inversión local e internacional, manifestó.
Las iniciativas complican la gestión económica de los próximos gobiernos y además generaría costos innecesarios por las compras de cartera (por parte del Gobierno o de otras entidades financieras), refirió.
Propuestas inconstitucionales
Vargas recalcó que estas propuestas congresales no son proporcionales porque benefician a quienes no han sido perjudicados por la pandemia
Estas iniciativas del Parlamento invaden fueros exclusivos y excluyentes de organismos constitucionalmente autónomos como el Banco Central de Reserva (BCR) y la SBS, que en lo que va de la crisis han actuado de manera acertada, y además cuentan con funcionarios con experiencia en crisis pasadas, destacó.
Estas propuestas son inconstitucionales porque atentan contra la libertad de empresa, contra la libertad de libre contratación, contra el principio de igualdad al excluir a las entidades financieras y clientes, contra la protección y garantía del ahorro al poner en riesgo los ahorros del público, entre otros, mencionó.
“No es justificable congelar legalmente las obligaciones de los que teniendo ingresos elevados los han visto reducidos nula o mínimamente”, puntualizó.
Proyectos del Congreso
Cabe destacar que el dictamen de la Comisión de Economía del Congreso plantea la ley que prohíbe generar cargos adicionales a los establecidos para préstamos y otras obligaciones financieras en el contexto de la pandemia del covid-19.
Esta propuesta señala que pueden acogerse las personas naturales cuyos ingresos brutos mensuales no excedan el monto equivalente a 2.5 UIT y las personas jurídicas cuya facturación mensual bruta no exceda el monto equivalente a 30 UIT.
Además excluye a las entidades financieras que solo otorguen prestamos a la pequeña y mico empresa (pymes) como las financieras, las cajas municipales, las cajas rurales, las edpymes y las cooperativas de ahorro y crédito.
En tanto que el dictamen de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso propone la ley de reprogramación extraordinaria de pago de créditos para la protección del ahorro y fortalecimiento del sistema financiero por estado de Emergencia Nacional.
Esta iniciativa indica que la reprogramación del pago de préstamos incluye a las obligaciones de productos de créditos de consumo y personales, todo tipo de tarjetas créditos, préstamos revolventes y no revolventes, créditos vehiculares e hipotecarios para vivienda, en condición de vigente, refinanciado, reestructurado, atrasado incluso a las carteras de créditos compradas por otra entidad financiera.
Excluye de su alcance a las siguientes entidades del sistema financiero: las cajas rurales, las cajas municipales, las edpymes y las cooperativas de ahorro y crédito, y además no podrán acogerse los trabajadores dependientes bajo el régimen de quinta categoría en calidad de activos.
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(FIN) MMG/JJN
Publicado: 23/7/2020