Banner Cooperativismo 16.12.24
Andina

San Marcos: aprueban reglamento de prevención y sanción de hostigamiento sexual

Se aplicará a la comunidad universitaria y a exestudiantes que cometieron la falta durante su estadía en la UNMSM

San Marcos: aprueban reglamento de prevención y sanción de hostigamiento sexual. Foto: ANDINA/Difusión.

San Marcos: aprueban reglamento de prevención y sanción de hostigamiento sexual. Foto: ANDINA/Difusión.

06:25 | Lima, jun. 18.

La Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) aprobó el nuevo “Reglamento de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual”, documento que establece las normas y los procedimientos a seguir ante cualquier forma de violencia sexual ejercida dentro de la comunidad sanmarquina, anunció la Decana de América.

El mencionado reglamento, aprobado mediante Consejo Universitario virtual, podrá ser aplicado a docentes ordinarios y extraordinarios, estudiantes y trabajadores no docentes, así como la Comisión de Proceso Disciplinario para Docentes, Comisión Disciplinaria para Estudiantes de la UNMSM, y autoridades regulados bajo el ámbito de la Ley N° 30220. 

Puedes leer:

Además, podrá ser aplicado a egresados, graduados y exestudiantes que cometieron la falta durante su estadía en la universidad.


Como medidas preventivas, la Defensoría Universitaria, en coordinación con la Oficina General de Bienestar Universitario, se encargará de la difusión del referido reglamento, así como la realización de charlas, talleres y eventos de capacitación sobre la prevención del hostigamiento sexual a nivel de pregrado y posgrado.

Puedes leer:

Asimismo, se formará un Comité de Intervención Frente al Hostigamiento Sexual por un periodo de un año y estará conformado, garantizando la paridad de género, por un docente principal, dos docentes asociados, el defensor universitario y dos estudiantes (mujer y varón) pertenecientes al tercio superior.

El comité será responsable de recibir las denuncias, realizar la investigación preliminar y emitir un informe de precalificación al órgano instructor pertinente para la realización del Proceso Administrativo Disciplinario, según el denunciado sea docente, estudiante o trabajador no docente.

En cuanto a las medidas de protección de la víctima, el comité pondrá a disposición los canales de atención médica y psicológica con los que cuente, así como la información sobre las instancias competentes en la materia a donde puede acudir. 

Además, podrá actuar de oficio o a pedido de parte, para cambiar de lugar o suspender al hostigador, así como solicitar al órgano competente una orden de impedimento de acercamiento, entre otras medidas, hasta el fin de la investigación.

La UNMSM señaló que, en caso la presunta víctima o el hostigador dejen de pertenecer a la institución por renuncia, cese o fin del vínculo contractual, la institución continuará con el procedimiento y dictará las medidas y sanciones correspondientes.

Más en Andina:



(FIN) NDP/LIT


Publicado: 18/6/2020