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ONP acatará inmediatamente fallo del TC sobre suspensión de pensiones

Institución mencionó que tribunal ha cambiado su criterio respecto a dicha materia

Foto: ANDINA/difusión.

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12:34 | Lima, feb. 10.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aseguró este sábado que acatará de forma inmediata el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional e ilegal la suspensión de pensiones.

"La ONP, respetuosa de que las decisiones jurisdiccionales deben de cumplirse escrupulosamente, más aún si se tratan de precedentes vinculantes emitidos por el TC, acatará inmediatamente el fallo emitido", dijo la institución en un comunicado.




El Tribunal Constitucional dictó que la ONP no puede suspender una pensión, una vez otorgada, porque no existe una ley que la habilite para hacerlo.

La entidad estatal indicó que dicha sentencia implica un cambio de criterio por parte del tribunal, dado que anteriormente consideraba que la suspensión sí era una consecuencia natural de descubrir una falsedad documentaria.

La ONP explicó que el otorgamiento de pensiones lo realiza a partir de documentos presentados por los afiliados para justificar que sí aportaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) durante su vida laboral. Dichos documentos son asumidos como verdaderos, en aplicación del principio de veracidad establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, los cuales sirven de base para poder otorgar la pensión solicitada.

"Con posterioridad, la ONP está obligada a fiscalizar dichos documentos. A veces encuentra que ellos son falsos y que, por lo tanto, la pensión ha sido obtenida de forma fraudulenta. Otorgar pensiones a quien no le corresponda pone en riesgo la sostenibilidad financiera del SNP –y la viabilidad de pagos de pensiones a los que sí les toca recibir su pensión–, además de afectar la intangibilidad de los fondos de la seguridad social. Esta preocupación la comparte la ONP y el TC, que lo ha señalado expresamente así en diversas sentencias (entre ellas, STC 5985-2008-PA/TC)", refirió.

En ese sentido, la Oficina de Normalización Previsional ha exhortado al Congreso de la República a legislar sobre esta materia a fin de que cuente con las herramientas jurídicas necesarias para realizar esta labor.

Por ello, el TC no ha anulado inmediatamente las suspensiones realizadas por la ONP, sino que ha otorgado un plazo ocho meses para revisar las pensiones actualmente suspendidas. En dicho periodo, la institución revisará las suspensiones realizadas, además de proponer medidas legislativas que transparenten la competencia implícita que tiene de suspender las pensiones de aquellos que presentan documentación falsa cuando las solicitan.

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Publicado: 10/2/2024