La inversión privada en nuestro país juega un papel importante en el crecimiento económico y la generación de empleo. En esa línea, el Ministerio del Ambiente (Minam) establece que esta debe ir de la mano con la efectiva conservación del ambiente y de sus recursos naturales.
Por esa razón, se han establecido estándares que deben cumplir los proyectos de inversión. Dichos indicadores buscan garantizar que las actividades económicas no causen daños al ecosistema y promuevan un desarrollo sostenible; ello en concordancia con la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que es el marco legal correspondiente.
Para conocer más acerca de estos procedimientos, los especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace), entidad especializada del Minam, te explican las características y componentes más relevantes en los Estudios de Impacto Ambiental (EIA):
-Certificación ambiental: los proyectos de inversión que requieren un EIA deben ser evaluados por una autoridad competente, en este caso, el Senace, que lo revisa y, si lo considera adecuado, otorga la certificación ambiental, que es requisito indispensable para la ejecución del proyecto.
-Supervisión ambiental: las autoridades ambientales supervisan el cumplimiento de los estándares ambientales. En caso de detectar incumplimientos, pueden aplicar sanciones como multas o la suspensión de las actividades del proyecto.
-Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d): es un instrumento de gestión ambiental que todo titular de un proyecto de gran envergadura tiene que elaborar y presentar ante el Estado para demostrar que cuenta con un plan de acción para manejar adecuadamente los posibles impactos negativos en el ambiente y las comunidades que lo rodean.
Con esto se busca potenciar los impactos positivos, así como prevenir, minimizar, rehabilitar y, de ser necesario, compensar los posibles daños negativos. La responsabilidad de elaborar el documento es el titular del proyecto, para lo cual contrata a una consultora ambiental autorizada. El responsable de evaluar el EIA-d es el Estado, bajo criterios técnicos y legales.
-Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd): este tipo de estudio contiene la descripción de la actividad propuesta y de los efectos directos e indirectos, respecto a los impactos ambientales negativos moderados previsibles de dicha actividad en el ambiente físico, biológico y social a corto y largo plazo, así como la evaluación técnica de los mismos.
-Modificatoria de un Estudio de Impacto Ambiental (MEIA): tiene como fin realizar cambios en una actividad productiva. Se puede solicitar por diversos motivos: para hacer una o varias mejoras en el proceso; cambios en los componentes, aplicar una nueva tecnología o ampliar el área de trabajo de la mina, entre otras. Una MEIA incluye todas las medidas ambientales para prevenir, controlar o mitigar los potenciales impactos socioambientales de los cambios propuestos. Esta debe ser presentada a las comunidades del área de influencia directa o interesados, antes de su aprobación para recoger sus comentarios y/o aportes.
-Estrategia de Manejo Ambiental (EMA): es una herramienta esencial de la gestión ambiental y social. Incluye todos los planes y medidas de manejo, prevención y mitigación a ser aplicadas durante las diversas actividades de un proyecto o modificación. Entre sus componentes están el Plan de Contingencia (para eventos no deseados o previstos) y el Plan de Cierre Conceptual (medidas de cómo se van a cerrar al final de la actividad).
-Informe Técnico Sustentatorio (ITS): Los cambios en el proyecto, aunque no sean muy grandes, deben tener una aprobación de la autoridad competente, incluso cuando los impactos no sean significativos. Para esto las empresas presentan un Informe Técnico Sustentatorio al Senace. Esto se presenta cuando se requiere hacer una modificación o mejora en las operaciones, dentro del área de influencia y que genere impactos no significativos. Una vez aprobado debe ser comunicado a las comunidades del Área de Influencia Social Directa e interesados. Para poder presentar un ITS la empresa ya debe tener un Estudio de Impacto Ambiental aprobado
-EVA: el Senace ha implementado una plataforma informativa para tramitar los siguientes procedimientos: Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d), de la modificación del EIA-d, del Informe Técnico Sustentatorio (ITS); Clasificación de proyectos de inversión y aprobación de términos de referencia; y la Certificación Ambiental Global (IntegrAmbiente), entre otros. Todo con un enfoque automatizado.
(FIN) NDP/LZD