La SMV dispuso hoy la difusión del proyecto de reglamento de Agentes de Intermediación en su portal web, que plantea adecuar la liquidez de las casas de bolsa a las características del mercado en beneficio de inversores.
Según los considerandos de la Resolución 028-2017 de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), resulta necesario reformular aspectos vinculados a exigencias prudenciales a las que están sujetas las casas de bolsa, particularmente en la metodología de cálculo del indicador de liquidez por intermediación, a fin de que responda a las características del mercado.
Se señala en tal Resolución, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, que las personas interesadas puede remitir sus comentarios y observaciones sobre la iniciativa a la SMV por un plazo de 10 días calendarios a partir de mañana.
Los comentarios y observaciones podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documento de la SMV, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315 - Miraflores, provincia y departamento de Lima, o al siguiente correo electrónico: ProyModRAI@smv.gob.pe.
Al respecto, el superintendente adjunto de Riesgo de la SMV, Mario Zambrano, señaló que el beneficio de esta propuesta es que se podrá notar que la gestión de liquidez de las casas de bolsa o Sociedades Agentes de Bolsa (SAB) será la adecuada (acorde con las características del mercado).
“Si eventualmente una casa de bolsa se estuviese quedando sin liquidez, este ratio permitirá actuar anticipadamente ante una situación de esta naturaleza”, comentó a la Agencia Andina, tras participar en la inauguración del II Congreso Latinoamericano de Riesgos (CLAR) 2017.
Ese ratio ayudará de manera preventiva a monitorear que los niveles de liquidez sean más que suficientes respecto a las obligaciones de corto plazo que puedan tener las casas de bolsa en las operaciones de liquidación (de activos), comentó.
Riesgo de crédito
A continuación, informó que se encuentran trabajando en la norma referente a la gestión de riesgo de crédito, la cual la estarían publicando para recibir aportes de interesados a finales del primer trimestre del 2018 y se haría efectiva a mediados del próximo año.
“Estamos trabajando en la normativa de gestión de riesgo de crédito, la cual debe publicarse a finales del primer trimestre del próximo año para recibir aportes de interesados y se haría efectiva a mediados del 2018”, señaló.
Recordó que ya están operativas la normativa sobre gestión integral de riesgos (norma madre), la de gestión de riesgo operacional, la de manejo de riesgo de liquidez y la de gestión de riesgo de mercado.
¿Qué es el riesgo de mercado y el riesgo operacional?
El riesgo de mercado, es la probabilidad de tener pérdidas en posiciones dentro y fuera de la hoja del balance, derivadas de movimientos en los precios de mercado.
Mientras que el riesgo operacional, es la probabilidad de sufrir pérdidas debido a la inadecuación o fallos de los procesos, el personal y los sistemas internos, o bien a causa de acontecimientos externos, según define el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).
¿Qué es el riesgo de liquidez y el riesgo de crédito?
En tanto que el riesgo de liquidez es la potencial incapacidad de cumplir a tiempo las obligaciones, dado el nivel de activos líquidos de los que se dispone.
El riesgo de crédito es la posibilidad de que el deudor o la contra-parte de un contrato financiero no cumplan con las condiciones del contrato.
(FIN) MMG
Publicado: 17/8/2017