Andina

Conoce cómo registrar en Sunarp un poder por escritura pública

Documento otorga facultades de representación a otra persona

Foto: Cortesía.

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12:36 | Lima, mar. 15.

El poder es un acto mediante el cual una persona natural otorga voluntariamente a otra facultades para que actúe en su nombre y representación. La inscripción del poder tiene por finalidad dar publicidad de las facultades que otorga el poderdante a favor del apoderado.

Mediante un poder por escritura pública se pueden otorgar facultades de disposición (compraventa de inmuebles o vehículos), financieras o bancarias, e incluso procesales.
 

A continuación, te explicamos cómo inscribir un poder por escritura pública en cuatro sencillos pasos:
 

1.- Acude a una notaría.


Lo primero que deberás hacer es dirigirte a una notaría con tu DNI y solicitar un poder por escritura pública. La solicitud se puede formular con minuta o sin ella.
 

2.-  Registra tu poder.


Una vez elaborado el parte notarial, el notario o su dependiente autorizado deberá presentarlo en la Sunarp.
 

3.-  Cancela los derechos registrales.


Para inscribir el poder en la Sunarp deberás cancelar 20 soles en caso de que le otorgues poder a una sola persona.
 

4.-  Plazo de inscripción.


Deberás esperar 48 horas para que el poder se inscriba en Registros Públicos.
 
Recuerda conservar tu número de partida, ya que será con este con el que pedirás una vigencia de poder o un certificado literal de poder.
 

Requisitos


Requisitos para la inscripción de un poder en la Sunarp:

- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

- Parte notarial de la escritura pública de otorgamiento de poder.

- El parte notarial de la escritura pública deberá ser presentado ante la oficina registral respectiva por el notario o por alguno de sus dependientes acreditados.

- Excepcionalmente puede ser presentado por una persona distinta al notario o su dependiente; en dicho caso, el parte deberá indicar el nombre y número de DNI de la persona autorizada para la presentación y tramitación del documento.

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(FIN) RGP/JJN
GRM

Publicado: 15/3/2018