El reajuste del valor de la unidad impositiva tributaria (UIT) para el presente ejercicio fiscal en 4,150 soles modificó también para el 2018 la entrega de beneficios, así como el pago de las obligaciones a cargo de las empresas ante la autoridad de Trabajo, el fisco, el Poder Judicial y el ente previsional.
Esto en la medida en que la UIT sirve como parámetro de referencia para fijar algunas obligaciones de carácter laboral y previsional, señala el experto César Puntriano.
Detalla que dichas obligaciones se refieren al impuesto a la renta de quinta categoría, la determinación del capital mínimo para la intermediación laboral, la remuneración integral anual, el Sistema Nacional de Pensiones, las multas ante la Sunafil y la fijación de la Unidad de Referencia Procesal.
Respecto al impuesto a la renta de quinta categoría, explica que los trabajadores tienen derecho a deducir a 7 UIT de su renta bruta anual, es decir, los que ganen hasta este monto al año no pagan impuesto a la renta. Esto con el nuevo valor de referencia se elevará de 28,350 a 29,050 soles.
“Impactará también sobre el capital mínimo para la intermediación laboral, que aumenta a 186,750 soles”, anota.
De acuerdo cono el artículo 14 de la Ley Nº 27626, uno de los requisitos para que una empresa de intermediación de servicios laboral pueda inscribirse en su registro es acreditar un capital social suscrito y pagado no menor al valor de 45 UIT.
En cuanto a la Sunafil, dice que con el
nuevo valor de la UIT las multas por infracciones leves podrían llegar hasta 207,500 soles; las graves hasta 415,000; y las multas muy graves hasta 830,000 soles.
El Poder Judicial
En la judicatura, Puntriano Rosas anota que la Unidad de Referencia Procesal (URP) equivale al 10% de la UIT, es decir, 415 soles. Dicho índice de referencia es vital para determinar la competencia de los juzgados de paz letrados y de primera instancia en los procesos laborales, la gratuidad de los juicios para los trabajadores y los casos en que no se necesita abogados en los procesos laborales.
Pensionistas
Para este año, el pensionista trabajador podrá percibir de manera excepcional hasta 2,075 soles. En el 2017, dicho monto era de 2,025 soles, remarca el experto Puntriano Rosas.
Según el Decreto Ley Nº 19990, modificado por la Ley Nº 28678, de forma excepcional, el pensionista trabajador podrá percibir simultáneamente pensión y remuneración cuando la suma de ambos no supere el 50% de la UIT vigente.
(FIN) DOP/FHG
Publicado: 8/1/2018