En este sentido, la norma señala que se le pagará una bonificación de 720 soles correspondiente al mes de abril de 2020, al personal que presta servicios de alerta y respuesta en el marco de la existencia de la covid-19 en las Unidades de Cuidados Intensivos, Hospitalización o aquellos que realizan vigilancia epidemiológica y las visitas domiciliarias a los pacientes que reciben atención ambulatoria.
Asimismo, dispone que la referida bonificación será entregada durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y hasta 30 días posteriores al término de su vigencia, y no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable.
Además, indica que los titulares de los pliegos habilitados en la transferencia aprobarán la desagregación y realizarán la programación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendarios de la vigencia de esta norma.
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