La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Intercrédito Perú, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.
A través de la
Resolución SBS N° 03429-2024, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se excluyó a
Intercrédito Perú del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
La norma también señala que, a partir de la fecha (30 de setiembre del 2024), queda prohibido cualquiera de las siguientes acciones respecto a Intercrédito Perú:
- Iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
- Constituir gravámenes sobre algunos de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
- Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
- Constituir medida cautelar contra sus bienes.
- SBS declaró la disolución de Financiera Credinka
La SBS designó a Gaby Luz Ruiz Delgado y Leonardo Rojas Huancahuire como administradores temporales, principal y alterno, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Intercrédito Perú.
La norma faculta a los administradores temporales de Intercrédito Perú para que, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la mencionada cooperativa de ahorro y crédito.
Más en Andina:
(FIN) CNA/JJN