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Normas legales: oficializan ley que reconoce derechos a trabajadores CAS y de D.L. 276

ANDINA/Eddy Ramos

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11:09 | Lima, dic. 31.

El Poder Ejecutivo oficializó hoy la norma, aprobado por el Congreso, que regula el derecho a la encargatura y designación de cargos de confianza y de puestos de dirección en entidades públicas, con la finalidad de reconocer los derechos laborales a servidores públicos de los regímenes de Contrato de Administración de Servicios (CAS) y el Decreto Legislativo 276 (D.L. 276).

Esta medida se publica a través de la Ley Nº 32223, la misma que aparece en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En tal se sentido se modifica el artículo 6 y se incorporan los artículos 6-A y 6-B del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial CAS; así como modifican los artículos 14 y 24 y se incorpora el artículo 24-A del Decreto Legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público.

La norma establece que el contrato CAS otorga al trabajador el derecho a "percibir la remuneración prevista para el cargo de confianza o para el puesto de dirección designado o encargado; y retornar a su puesto de origen terminada la designación o encargatura".

Asimismo, indica que el trabajador CAS indeterminado que sea encargado o designado para asumir cargo de confianza o puesto de dirección tiene derecho a recibir una constancia o certificado de trabajo por el período en que ha asumido dicho cargo o puesto.

Se precisa que mientras dure la designación del trabajador CAS indeterminado para asumir un cargo de confianza o un puesto de dirección, su posición de origen es cubierta mediante un contrato CAS temporal, cuya duración es hasta el término de dicha designación. 

Decreto Legislativo 276

En el caso del régimen laboral 276, se precisa que el servidor de carrera o en condición de contrato permanente con una continuidad mayor a cinco años, designado para desempeñar cargo político, de dirección o de confianza tiene derecho a retornar a su grupo ocupacional, nivel de carrera o plaza, al concluir la designación.

El servidor público de carrera tiene derecho a percibir la remuneración del cargo de confianza o del puesto de dirección designado o encargado, derecho que también asiste al servidor en condición de contrato permanente.

Además se establece que el servidor de carrera que sea encargado o designado para asumir cargo de confianza o puesto de dirección tiene derecho a recibir una constancia o certificado de trabajo por el período en que ha asumido dicho cargo o puesto.

De otro lado, en su disposición complementaria final precisa que el Poder Ejecutivo, en un plazo máximo de 30 días naturales contados desde la entrada en vigor de la presente ley, adecuará el Reglamento del Decreto Legislativo 1057; y el Reglamento del Decreto Legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público.

De igual modo, aprobará las orientaciones y lineamientos necesarios que permitan la aplicación de esta ley.

LEY Nº 32223 by Juan Carlos Cruzado Castillo


(FIN) JCC/CVC

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Publicado: 31/12/2024