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Implementan cuaderno de obras digital en la Reconstrucción con Cambios

También hacen más estricta la calificación de las garantías que otorgan empresas financieras supervisadas por SBS

Foto: ANDINA/Difusión

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15:24 | Lima, may. 12.

La implementación del cuaderno de obras digital y otras importantes modificaciones al Reglamento del Procedimiento de Contratación Especial han sido introducidas a iniciativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC).

Así se estableció a través del Decreto Supremo N° 084-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano, que se aplica a todas las intervenciones de la Reconstrucción con Cambios (RCC).

En la norma se precisa que se ha comprobado que en las obras de reconstrucción muchas veces el cuaderno de obras está incompleto, desactualizado o evidencia omisiones y/o adulteraciones que hacen engorrosa la supervisión. 

Por ese motivo, se dispone que la Dirección Ejecutiva de la ARCC se encargará de regular la implementación del cuaderno de obras digital para hacer más eficiente y eficaz la supervisión de las intervenciones comprendidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (Pircc).

El cuaderno de obras digital se constituirá mediante un programa informático que permitirá al ingeniero residente, al supervisor o inspector realizar anotaciones y/o registros de los hechos más relevantes en una obra con una clave de acceso única e inalterable. 

El Pircc comprende más de 11,000 intervenciones en 13 departamentos del país.


Cartas de garantía


Otra importante modificación reglamentaria es la que establece que las cartas de garantía otorgadas por el postor y/o contratista sean emitidas por entidades que estén bajo la supervisión de la SBS y Administradoras de Fondos de Pensiones con clasificación de riesgo B o superior.

Así se asegura que las empresas supervisadas tengan la solvencia necesaria para garantizar las garantías emitidas.

Igualmente se establece la posibilidad de ampliar el plazo de 4 días para la formulación y presentación de consultas técnicas luego de publicada la expresión de interés en una intervención de reconstrucción. 

La experiencia demuestra que en el caso de intervenciones complejas como la construcción de un hospital u otra obra de envergadura el plazo resulta insuficiente. La ampliación se realiza a solicitud del área usuaria.

La norma también dispone modificar el reglamento en los casos en que un procedimiento de selección de una obra de RCC ha sido cancelado, por fuerza mayor o caso fortuito, debe ser comunicado al siguiente día hábil y registrado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace). 

La disposición busca garantizar la continuidad de la intervención y dejar abierta la posibilidad de una nueva convocatoria en el mismo ejercicio presupuestal.

Finalmente, el Decreto Supremo N° 084-2020-PCM establece modificaciones relacionadas con las modificaciones convencionales al contrato en la obra de RCC y el régimen de pago de adelantos directos y adelantos para materiales o insumos por fideicomiso con la finalidad de hacer más expeditiva la ejecución de las intervenciones.

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(FIN) MDV 
JRA


Publicado: 12/5/2020