12:59 | Lima, jun. 17 (ANDINA).
El Ministerio de Cultura publicó hoy un decreto supremo que modifica la conformación de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu Picchu (UGM), a fin de garantizar la sostenibilidad y el correcto manejo del sitio arqueológico y natural ubicado en el departamento de Cusco.
La disposición especifica que la UGM tendrá un comité directivo, el cual se encargará de aprobar y dirigir la aplicación de la estrategia para la gestión integral del santuario histórico de Machu Picchu.
El grupo de trabajo está integrado por el titular de Cusco, Jorge Acurio Tito, quien lo presidirá; y los ministros de Cultura, Juan Ossio; del Ambiente, Antonio Brack; de Comercio Exterior y Turismo, Eduardo Ferreyros; y el alcalde del distrito de Machu Picchu, Oscar Valencia.
Las decisiones del comité se adoptarán, como mínimo, con el voto aprobatorio de cuatro de sus integrantes. Asimismo podrán acreditar a un representante alterno que lo sustituirá en caso de ausencia, con las mismas atribuciones que el titular.
La disposición refiere que la UGM también contará con un comité técnico, que depende del directivo, el cual tendrá como función coordinar, según las competencias asignadas por ley a cada uno de sus integrantes, las actividades que se realicen en el ámbito del santuario.
También coordinará la aplicación de la estrategia de gestión integral de Machu Picchu, el desarrollo de las acciones aprobadas por la UGM, y la elaboración de propuestas al comité directivo para la adecuada gestión del santuario incaico.
El Decreto Supremo N°003-2011-MC publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano señala que las actividades que se desarrollen en el ámbito del santuario deben ser concordantes a lo establecido en la estrategia integral de gestión del área.
Aclara que serán nulas de pleno derecho las autorizaciones, licencias, concesiones, permisos u otros derechos habilitantes y renovaciones, que se hayan otorgado a favor de actividades de aprovechamiento de recursos naturales o de la habilitación de infraestructura al interior del santuario que no cuenten con opinión técnica vinculante en referencia a los sectores de la rectoría en sus respectivas materias y el órgano respectivo de la UGM.
Las autoridades competentes que otorguen derechos y/o emitan opiniones técnicas de conformidad con lo antes señalado deben informar al comité técnico dentro de los 15 primeros días de cada mes sobre los derechos otorgados y opiniones emitidas durante el mes anterior.
Recursos económicos
La totalidad de los ingresos del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) a los que se refiere el numeral 72 del artículo 7 del Decreto Supremo N° 023-99-AG, modificado por Decreto Supremo N°032-2002-AG, será destinada a la conservación y desarrollo sostenible del santuario y su zona de amortiguamiento, en función a su plan maestro y plan operativo anual, y en mérito a la estrategia para la gestión integral de Machu Picchu.
Mientras que la totalidad de los recursos que el Ministerio de Cultura recauda por el ingreso a la red de Caminos del Inca y a la ciudadela de Machu Picchu se destinará a los planes y programas orientados a la investigación, conservación y puesta en valor del santuario y de la red de Caminos del Inca.
Se encarga al comité directivo que en un plazo no menor de 90 días proceda a aprobar el reglamento interno de la UGM, en el que deberán constar sus funciones y las correspondientes al comité técnico, entre otros aspectos.
El presente decreto supremo, que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, indica en sus considerandos que el Reglamento de Organización y Funciones de la UGM consideraba en su estructura órganica al comité directivo, comité alterno y a la gerencia técnica.
Refiere que los cambios institucionales y normativos acontecidos con posteridad a la creación de la UGM obedecen a la importancia mundial recaída en los sitios que son Patrimonio Cultural de la Humanidad reconocidos por la Unesco y al compromiso asumido por el Estado en aras de su conservación.
(FIN) LBH/JOT
Publicado: 17/6/2011