Andina

Reducción de pena no aplica en delitos de violación sexual sancionados con cadena perpetua

Aseguró la Corte Suprema de Justicia, mediante comunicado

Reducción de pena no aplica en delitos de violación sexual sancionados con cadena perpetua, aclara Corte Suprema de Justicia. Foto: ANDINA/Archivo

Reducción de pena no aplica en delitos de violación sexual sancionados con cadena perpetua, aclara Corte Suprema de Justicia. Foto: ANDINA/Archivo

14:30 | Lima, dic. 22.

Luego de hacerse público el Acuerdo Plenario 01-2013/CIJ-112, la Corte Suprema de Justicia aclaró que la reducción de pena no aplica en delitos de violación sexual sancionados con cadena perpetua y donde haya mediado violencia o abuso contra la mujer y/o los integrantes del grupo familiar.

"Las reglas de reducción de la pena concreta generadas con la prevalencia del interés superior del niño, la niña y los adolescentes no son aplicables a delitos sancionados con cadena perpetua, como el de violación sexual de menores de edad", señaló la entidad mediante un comunicado de prensa.


Asimismo, indicó que toda reducción de la pena es siempre excepcional y le corresponde al juez el deber de decidir su aplicación en atención a las características especiales de cada caso y tomando en cuenta especialmente la gravedad del delito cometido. 

Agregó que tampoco será aplicable a delitos en los que haya mediado abuso o violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.


Finalmente, sostuvo que la disminución de la pena concreta en todos los casos en los que el juez decida aplicarla requiere siempre de motivación especial y reforzada que indique y justifique expresamente que ella se hace en favor y beneficio exclusivo del menor como deriva de las normas y los convenios internacionales.

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(FIN) DOP/RRC
JRA

Publicado: 22/12/2023