La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) indicó que se han inscrito 458,328 compraventas de predios, mediante el SID Sunarp, entre enero y noviembre del 2024, lo cual supera las 422,482 inscripciones realizadas durante todo el 2023, lo que significa un incremento de 8 48%.
Para considerarnos propietarios es necesario registrar el acto de la compraventa en la Sunarp, de manera que nuestra condición de dueños pueda ser de conocimiento público y cuente con todos los mecanismos de seguridad jurídica que brinda el registro.
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Al registrar un inmueble en la Sunarp, se obtienen los siguientes beneficios:
- Seguridad jurídica (protección legal frente a otras personas).
- Se publicita la condición de propietario (evita que se inscriban embargos, medidas judiciales, arbitrales o cualquier otro gravamen, relacionado con el antiguo propietario).
- Sirve para tener acceso al crédito bancario, ya que el inmueble inscrito puede servir como una garantía a la hora de solicitar un préstamo.
Para registrar un inmueble en la Sunarp, ya sea viviendas nuevas como de segundo uso, se deben seguir los siguientes pasos:
1.- Ir a la Sunarp para verificar la información del vendedor y saber si la vivienda ya se encuentra inscrita. Para ello, debemos solicitar el certificado literal o la copia informativa del inmueble a adquirir, además del Certificado Registral Inmobiliario (CRI). Estos documentos contienen:
- Historial del inmueble (todos los actos que se han realizado en el inmueble).
- Nombre del propietario.
- Los trámites pendientes sobre la propiedad.
- Las cargas o gravámenes que hubiera sobre el inmueble.
2.- Celebrado el contrato de compraventa, el vendedor y el comprador de la vivienda deben acudir a un notario para que se expida el parte notarial de la escritura pública de la compraventa del inmueble.
3.- Solicitud de inscripción en la Oficina Registral. El trámite se realiza exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) a nivel nacional, por lo que, deberá coordinar con la Notaría para su presentación.
4.- El documento ingresado a la Oficina Registral de la Sunarp, llamado título, debe contener el parte notarial de la escritura pública de compraventa de la vivienda.
5.- Asiento de inscripción en la partida registral. Una vez que el título de compraventa del inmueble es revisado por el registrador público, este puede dar las siguientes respuestas:
- Inscribir la compraventa de estar todo conforme. Si el expediente cumple con todos los requisitos legales y se han cancelado las tasas registrales correspondientes.
- Observar, si falta algún requisito. En caso, que al expediente le falta algún requisito legal.
- Liquidar, si falta cancelar la tasa registral. Si el expediente cumple con todos los requisitos legales; pero falta cancelar las tasas registrales.
Concluida satisfactoriamente la evaluación del expediente, el registrador inscribe la compraventa, con lo cual el Estado, a través de la Sunarp, le otorga seguridad jurídica y protección a su adquisición.
El costo registral se divide en dos: tasa por calificación (41.70 soles) y tasa por inscripción, la cual varía de acuerdo al precio de la transferencia.