El Ministerio Público dispuso ampliar las competencias de las fiscalías superiores especializadas en Derechos Humanos, la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y la Fiscalía Superior del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, para que todas ellas conozcan los delitos de dichas especialidades.
Se indica que, en adición a sus funciones, dichas fiscalías superiores podrán conocer
en segunda instancia los delitos contra la humanidad previstos en diferentes capítulos del
Código Penal; los delitos comunes que constituyan casos de violación de derechos humanos; y delitos conexos a los mismos.
También podrán abordar los delitos de homicidio, lesiones graves y extorsiones cometidos en agravio de periodistas y todos los delitos en agravio de personas defensoras de derechos humanos, siempre que sean en razón a su labor de defensa, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Por último, podrán conocer los
delitos de terrorismo previstos en el
Decreto Ley 25475 y sus respectivas modificatorias, así como el delito de apología de terrorismo tipificado en el artículo 316 y 316-A del
Código Penal y delitos conexos.
En ese sentido, se dispone que la coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad efectúe la distribución equitativa de carga procesal de las fiscalías superiores, conforme a las competencias señaladas.
En la parte considerativa de la resolución se indica que la finalidad de este cambio es uniformizar el abordaje de estos delitos de manera integral y fortalecer la operatividad del sistema fiscal especializado, mejorando la eficacia e inmediatez del accionar del Ministerio Público en beneficio de la ciudadanía en general.
La norma lleva la firma de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela.
(FIN) MCA/CVC
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Publicado: 14/1/2025