Los servidores públicos y funcionarios del Decreto Legislativo 276 tendrán una Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) equivalente al 100% de su remuneración total o íntegra, por cada año completo o fracción mayor de seis meses contados desde su ingreso hasta su fecha de cese, de acuerdo a una norma publicada por el Congreso.
Para los servidores que cesen a partir del 2022, el cálculo de la CTS considerará que la remuneración principal equivale al 100% del promedio mensual del Monto Único Consolidado (MUC) más el 100% del CAFAE pagado en cada mes durante los últimos 36 meses de servicio efectivamente prestado.
Para el caso del personal de los gobiernos locales, la norma dispone que en su remuneración total o íntegra solo se consideran todos los conceptos que perciban permanentemente hasta el mes de su cese.
La norma actual establecía que la CTS se otorga al personal nombrado por el importe del 50% de su remuneración principal para los servidores con menos de 20 años de servicios o de una remuneración principal para los servidores con 20 o más años de servicio.
Cese a los 70 años y licencias
Asimismo, se modifica en D.L. 276, a fin de establecer que es derecho de los servidores públicos de carrera hacer uso de permisos o licencias por causas justificadas o motivos personales.
“Las licencias sin goce de haber pueden extenderse hasta por 3 años continuos o discontinuos, contabilizadas dentro de un período de 5 años”, indica la modificación publicada en el boletín Normas Legales del Diario El Peruano.
El artículo 24 del D. L indicaba que la licencia por causas justificadas o motivos personales eran establecidos por el reglamento del centro de trabajo.
La autógrafa de las modificaciones al D.L.276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, fue
observada por el Ejecutivo en noviembre de 2024 y fue aprobado por insistencia el pasado 11 de diciembre de 20024.
(FIN) FHG/CVC
JRA
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