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EPS que están en Régimen Transitorio tienen cronograma de adecuación a normas sanitarias

Trece empresas de saneamiento expresaron su disposición para acogerse a medida

ANDINA/Difusión

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15:00 | Lima, set. 2.

Con el fin de cumplir con la normatividad ambiental del sector saneamiento y para garantizar que la población consuma agua segura, representantes de las 13 empresas de saneamiento que se encuentran en el Régimen de Apoyo Transitorio (RAT) ejecutarán el cronograma de adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental.

En una reunión con gerentes y funcionarios de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua y Saneamiento (EPS), así como coordinadores del RAT y el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), el director general de Asuntos Ambientales del ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Fausto Roncal, dijo que actualmente existen 430 autorizaciones de vertimientos a escala nacional, de las cuales 24 corresponden al sector saneamiento. 

"Las EPS están expuestas a sanciones por no contar con autorización de vertimientos, por ello estamos comprometimos a ayudarlos en este tránsito y darles un plazo en tanto cumplen con las normas", indicó".

Los plazos para la adecuación de las EPS a las normas ambientales van desde los cinco hasta los 9 años, tiempo establecido en función de su tamaño y complejidad.


Primeras EPS 

Las primeras empresas prestadoras de servicios de saneamiento que se irán sumando al Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva (RUPAC) son EPS Loreto (Loreto), EPS Moyobamba S.R.L y Emapa San Martín (San Martín), Emapacop S.A. (Ucayali), Epsel S.A. (Lambayeque), Semapa Barranca S.A., Emapa Huaral S.A. (Lima), Emapica S.A., Emapaviggsa, Emapisco S.A. y EPS Semapach (Ica). Asimismo, EPS Moquegua S.A. y EPS Ilo S.A. (Moquegua). Precisamente estas últimas serán las primeras en efectuar su registro en la referida plataforma.

RUPAP

La primera acción que deberán cumplir las EPS es su inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva (RUPAP). Con ello, indicarán que se acogen al proceso de adecuación progresiva y, en consecuencia, no serán sancionados por descargar o reusar sus aguas residuales sin instrumento de gestión ambiental y, en consecuencia, sin autorización de vertimiento y/o reúso.


Para facilitar el accionar de las EPS esta inscripción será virtual, salvo que el prestador no cuente con los mecanismos informáticos, en cuyo caso podrá hacer uso de los medios físicos tradicionales. Para mayor conocimiento se cuenta inclusive con un aplicativo que explica el procedimiento.

El impacto de este proceso será económico, ya que se evitarán las multas y este dinero podrá reorientarse a los proyectos de inversión. También habrá un beneficio para el medio ambiente, ya que al final del proceso de adecuación progresiva las EPS contarán con un instrumento de gestión ambiental aprobado y con la autorización de vertimiento y/o reúso de sus aguas residuales, garantizando así la sostenibilidad ambiental de los proyectos de inversión en saneamiento. Y la población podrá tener la seguridad de que consume agua libre de contaminación y que sus ecosistemas no se verán perjudicados por el vertimiento de aguas que ya estarán debidamente tratadas.

(FIN) NDP/LZD


Publicado: 2/9/2017