Bloqueo de carreteras vulnera derechos y puede constituir delitos penales

Afirma Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

ANDINA/Difusión

ANDINA/Difusión

14:13 | Lima, jul. 9.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) advirtió que interrumpir el tránsito mediante bloqueos de carreteras afecta derechos fundamentales y podría ser sancionado con penas de hasta 15 años de prisión.

La cartera recordó que el derecho a la protesta pacífica está amparado por la Constitución Política del Perú, siempre que no se afecte la propiedad pública o privada ni se generen actos de violencia o caos en la vía pública. 

Sin embargo, enfatizó que el bloqueo de carreteras puede constituir un delito penal al restringir derechos fundamentales.


Según la entidad, estas acciones pueden limitar el derecho al libre tránsito, protegido por el artículo 2, numeral 11 de la Constitución. Además, pueden vulnerar otros derechos como la paz, tranquilidad y salud, afectando la vida diaria de miles de ciudadanos.

Afectaciones a derechos esenciales

De acuerdo con el Minjusdh, la interrupción del tránsito puede impedir el acceso a servicios básicos como salud, educación o trabajo. Casos como el retraso de una ambulancia, la ausencia escolar de un menor o la imposibilidad de un comerciante para movilizar sus productos reflejan los impactos directos sobre la ciudadanía, puntualizó.

Asimismo, advirtió que estas acciones generan perjuicios a personas que no están involucradas en la protesta, lo que puede ser considerado una forma de afectación colectiva.

Consecuencias legales según el Código Penal

El Código Penal peruano establece sanciones claras para actos violentos en protestas. El delito de disturbios puede ser penado con hasta 15 años de prisión si se afecta una vía nacional

Además, el artículo 283 sanciona el entorpecimiento de servicios públicos como transporte o telecomunicaciones con hasta 6 años de cárcel, y hasta 10 años en caso de agravantes.

Por otro lado, el artículo 200, numeral 4, establece que la extorsión mediante bloqueos con violencia o amenazas para obtener beneficios de autoridades puede conllevar penas entre 5 y 10 años, o incluso cadena perpetua si hay toma de rehenes.

Responsabilidad también para colaboradores

El Minjusdh advirtió que no solo quienes participan directamente en los bloqueos pueden ser sancionados. También se procesará a quienes colaboren o financien estas acciones, como brindar objetos, materiales o dinero, con penas de hasta 6 años de prisión.

Finalmente, se invocó a la ciudadanía a ejercer sus derechos de forma responsable. El ministerio remarcó que las protestas no deben convertirse en actos que perjudiquen a la mayoría. Existen canales institucionales y espacios de diálogo que permiten atender los reclamos sociales sin poner en riesgo a la población ni caer en actos delictivos.

(FIN) NDP/ ETA/CVC
JRA

Más en Andina:

Publicado: 9/7/2025
Las más leídas